En España hay más de 37 millones de vehículos registrados, incluyendo ciclomotores. De esta cifra, más de 25 millones son automóviles. Según la Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso de la Movilidad Eléctrica, el parque móvil electrificado, vehículos eléctricos e híbridos enchufables, tenía casi 600.000 vehículos a 31 de diciembre de 2024.
AEDIVE revela que la red de infraestructuras de recarga de acceso público operativas en España tiene un total de 46.684 puntos de recarga para vehículos eléctricos. Esto representa un crecimiento del 2,9% respecto a los datos de diciembre de 2024. Los puntos de estaciones de carga están en aumento, pero esto no significa que todo el mundo pueda dejar su vehículo en estos aparcamientos.
Todo el mundo no puede aparcar en zonas de recarga / Freepik
¿Qué es lo que dice la ley?
Cada vez hay más puntos de recarga para vehículos eléctricos en nuestro país. Estos lugares son vitales para los coches eléctricos y los híbridos enchufables, y su única función es la recarga de estos vehículos. Para los conductores que tienen coches de gasolina o diésel, no pueden aparcar en estas zonas porque está prohibido. Los propietarios de coches eléctricos o híbridos enchufables tampoco podrán utilizar estas zonas si no van a recargar su vehículo.
El Real Decreto Legislativo 6/2015 del 30 de octubre expresa que las plazas reservadas a un tipo de usuarios y vehículos no pueden ser utilizadas por otros. Además, aparcar en zonas limitadas por horario o fecha, para carga y descarga o en plazas reservadas para personas con movilidad reducida, está totalmente prohibida si el vehículo no cuenta con el distintivo correspondiente.
A pesar de que un lugar designado para la carga de automóviles eléctricos está marcado como tal, la normativa no se aplica si no tiene una señal S17, porque indica un emplazamiento donde está autorizado el estacionamiento de vehículos. Además las señales R307 y R308 se tienen que tener en cuenta, porque advierten de la prohibición de parar, estacionar o ambas, indicando en la placa adjunta las limitaciones. Esta señal debe ir acompañada de una placa en la que se establecen sus limitaciones de uso.

Cuidado con estas señales / Neomotor
La multa por aparcar en los puntos de recarga
Estos puntos están señalizados como área de recarga de vehículos eléctricos. También afectan a los coches de combustión y a los propios coches eléctricos, ya que estos puntos no son plazas reservadas, sino puntos de carga que solo se pueden ocupar si vas a cargar tu vehículo. Si ocupas una de estas plazas y no estás cargando el vehículo o se ha excedido el tiempo de carga marcado, también te enfrentarás a la misma sanción que pondrán a un vehículo de combustión.
Según el artículo 195 de la Guía de Infracción de la DGT, llevar a cabo esta acción está multado con hasta 200 euros, ya que se considera como una infracción grave. Además con el artículo 105 de la Ley sobre Tráfico, se puede ordenar la retirada y depósito del vehículo por parte de la grúa municipal. Esto demuestra que si hay una zona delimitada para la recarga de vehículos eléctricos y no dispone de las placas correspondientes, no podrá aparcar un vehículo de combustión o uno eléctrico que no recargue.