El Tribunal Constitucional ha avalado, con los seis votos a favor de la mayoría progresista y los cuatro en contra de la minoría conservadora, la ley de amnistía destinada a borrar los delitos cometidos en el marco del proceso independentista catalán que alcanzó su clímax con el 1-O.
El Pleno ha resuelto así sin sorpresas el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP, que atacaba todo el texto legal, tras cuatro jornadas -tres de deliberación y una de confirmación del borrador enmendado y votación- que han sumado poco más de 10 horas.
A lo largo de la semana, los magistrados resolvieron que la Constitución no prohíbe las leyes de amnistía y que esta, en concreto, era válida.
Al inicio de los debates, descartaron igualmente plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que también está llamado a pronunciarse sobre la ley de amnistía ante las preguntas formuladas por otros tribunales españoles. De hecho, el próximo 15 de julio tiene previsto celebrar la primera vista.
La sentencia aprobada este jueves recoge en esencia la ponencia redactada por la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, que el presidente de la corte de garantías, Cándido Conde-Pumpido, calificó de «excelente» en el arranque del Pleno monográfico.
Cabe recordar que se trata de la primera sentencia sobre la amnistía pero no la única. El Constitucional tiene pendientes más de una treintena de asuntos relativos a esta ley, que irá despejando a la vuelta del verano, ya que tras este fallo buscará un perfil bajo.
Las fuentes consultadas calculan que el TC seguirá dictaminando sobre la norma hasta 2026.
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