anula la declaración, pero mantiene la imputación

La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado la declaración como testigo de Cristina Álvarez, la asesora de Begoña Gómez, pero al mismo tiempo mantiene su condición de imputada en el procedimiento abierto por el Juez, Juan Carlos Peinado, contra la mujer de Pedro Sánchez. Un doble varapalo, pues por un lado deja claro al polémico juez que no puede utiizar la declaración como testigo de una persona para imputarla después -es la segunda vez que lo hace-, pero por otro, los magistrados afirman que hay indicios más que suficientes para mantener ese imputación.

En cuanto a la declaración, explican los jueces que, «la declaración prestada como testigo no se utiliza como prueba de cargo, y las pruebas obtenidas de manera autónoma y diversa corroboran los hechos declarados probados en el proceso. Es fundamental entender que la declaración inicial como testigo, es una fase preliminar en la investigación penal y que el cambio a la condición de investigado permite al afectado ejercer plenamente su derecho de defensa».

Mantiene la imputación de Álvarez

Sobre el auto de imputación, dice la Audiencia que «la fundamentación del auto es sumamente reducida, por no decir, prácticamente, inexistente, siendo conocida la importancia de la mínima motivación jurídica, necesaria a fin de que permita a las partes en el proceso conocer y convencerse de la corrección y justicia de la decisión, garantizando la posibilidad de control de la resolución por los tribunales superiores mediante los recursos que procedan», pero que, pese a todo existen indicios suficientes.

Según consta en el auto, al que ha tenido acceso ElPlural.com, y con respecto a Cristina Álvarez, los jueces se preguntan «¿qué indicios de responsabilidad se le pueden imputar?», a lo que responden que «la investigación tendrá que centrarse en si se sobrepasó en el desempeño de las funciones públicas que le fueron encomendadas para favorecer el plan delictivo de la investigada en el delito de tráfico de influencias, mediante la desviación de medios públicos puestos indebidamente al servicio de intereses particulares o estrictamente privados».

Y prosiguen explicando que «las funciones de su cargo como asistente consistían en la gestión de la agenda, del correo, de dar soporte de seguridad y protocolo en cualquier desplazamiento, reunión o intervención de la mujer del presidente del Gobierno, la medida consistente en conocer el registro de llamadas entrantes y salientes y los concretos destinatarios resulta imprescindible ante los intentos de ocultar datos y fechas que son necesarias a la hora de poder valorar su intervención, sirviendo de ejemplos la declaración del Vicerrector Sr. Doadrio, que dijo tener muchos correos con Begoña Gómez y su asistente, Cristina Álvarez, añadiendo que esta última, era la persona de confianza ya que siempre le acompañaba cuando iba a la Universidad, siendo ella la receptora de los correos». 

«O la constación de un email dirigido a la directora de comunicación institutcional de Reale Seguros, solicitando directamente la continuidad como entidad patrocinadora del master, lo que parece excede claramente sus funciones. Datos indiciarios suficientes, en este momento procesal, de los que podría deducirse también la relación con las empresas del Grupo Barrabés, de las que supuestamente se valía la principal investigada, lo que supondría una clara desviación del cumplimiento de su función como personal eventual de la administración. Otro dato más a considerar es el de la amistad personal previa siendo la razón de su nombramiento en el cargo de máxima confianza, sirviendo a las actividades privadas de Begoña Gómez, que se pretenden mejorar con este nombramiento, lo que podria suponer una desviación de recursos públicos en favor de intereses privados y, lo que es más importante, ofrecidos dentro de una estructura institucionalizada de poder que sirve para reforzar una indudable influencia como es la Presidencia del Gobierno», apostillan.

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