El exministro de Transportes, José Luis Ábalos, y el que fuera su asesor, Koldo García, acudían este lunes al Tribunal Supremo tras ser citados a declarar por el magistrado instructor, Leopoldo Puente. Según podía saber ElPlural.com de fuentes de la investigación, las acusaciones populares solicitaron una vista de prisión para ambos, pero finalmente, quedaban en libertad con medidas cautelares. Desde Malas Lenguas, Joaquim Bosch le explicaba a Cintora por qué Koldo y Ábalos no van a la cárcel, y terminaba lanzando una advertencia.
«El PP, encabezando la acusación popular, quería que hubiera prisión, pero no concurren esas razones para enviarlos a la cárcel ya», introducía el presentador de TVE. Bosch tomaba la palabra y procedía a explicar el motivo que sostiene esta decisión, ya que «mucha gente se sorprende».
«En estos momentos no hay ninguna sentencia, ninguna condena de prisión, por lo que la regla general es siempre la libertad«, arrancaba. El magistrado recordaba que «únicamente se puede acordar una prisión preventiva o provisional cuando concurren unos requisitos muy concretos que son: que haya riesgo de fuga, riesgo de destrucción de pruebas o riesgo de reiteración delicitiva, que se puedan volver a cometer los mismos delitos o similares». Por lo tanto, «si no concurren», no se puede adoptar esa medida.
«En este caso, el magistrado instructor, yo creo que de manera muy razonable, considera que no hay un riesgo elevado de fuga que no pueda conjurarse con una retirada de pasaporte y comparecencia. Por eso, precisamente, no ha acordado la prisión. La causa sigue, por supuesto, pero con los investigados en libertad provisional«, explicaba.
💠 «Únicamente se puede acordar una prisión preventiva o provisional cuando concurren unos requisitos muy concretos, que haya:
– Riesgo de fuga
– Riesgo de destrucción de pruebas
– Riesgo de reiteración delictiva»👉 Explica @JoaquimBoschGra en #MalasLenguas
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«¿Qué le parece el hecho de que estén negando esos audios que suenan y en los que, presuntamente, se reparten mordidas?», le preguntaba Jesús Cintora. «En el procedimiento penal, el investigado o el acusado tienen derecho a no declarar o, incluso, a declarar de manera que no les perjudique. Pueden mentir y eso no tiene ninguna consecuencia negativa«, respondía Bosch, que señalaba que es «como si miente un testigo, por ejemplo, que puede ser acusado por falso testimonio».
«Por ello, tienen derecho a defenderse. Ábalos o Santos Cerdán pueden alegar, sea cierto o no, que esa voz no es suya o que los audios están manipulados y siempre es la acusación la que tiene que demostrar que es su voz o que los elementos de prueba que hay son suficientes para condenarles. Hay instrumentos periciales y otros mecanismos para determinar si es la voz de Ábalos o no, y con toda seguridad, el juez instructor acordará las pruebas pertinentes en este sentido», concluía.
Tras la negativa de la Fiscalía Anticorrupción a incrementar las medidas cautelares, tanto Koldo como Ábalos mantienen las que ya existían, es decir, la retirada de pasaporte y la obligación de firmar ante el juzgado cada 15 días. Mientras que el exministro estuvo una hora y media ante el juez contando la conocida como ‘vistilla’ y la declaración, su exasesor se acogió a su derecho a no declarar. De hecho, minutos antes de su declaración, García solicitaba que se suspendiera, pero el juez denegaba la petición.
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