Siempre se ha dicho que no podemos superar una velocidad de 120 km/h en carreteras bajo ninguna circunstancia, pero eso no es del todo cierto. Si bien no es lo habitual, hay una serie de circunstancias que te permiten conducir a 150 km/h como máximo, según recoge la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT).
La normativa en materia de circulación se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en ella destaca tanto el Reglamento General de Circulación como la Ley de Tráfico. ¿Qué dicen acerca del límite de velocidad?
¿En qué casos puedo conducir a 150 km/h en carreteras españolas?
Como decíamos, en España, la velocidad máxima permitida en autovías y autopistas es de 120 km/h; de 90 km/h en carreteras convencionales. Y como decimos, puede haber excepciones: tanto tramos con una velocidad inferior, como situaciones que te permiten pisar el acelerador.
¿Cuál es la excepción que te garantiza conducir a 150 km/h como máximo sin peligro de ser multado? Muy sencillo: solo es aplicable para aquellos modelos de vehículos que se encuentran circulando en pruebas, siempre que las empresas o fabricantes pidan una autorización previa.
Y la propia excepción tiene sus particulares: no se puede conducir a tal velocidad ni en travesías, ni en vías urbanas ni en aquellos tramos de carreteras en las que haya una señalización diferente.
Por otro lado, para ayudar a su correcta identificación, estos vehículos de pruebas deben ir caracterizados con franjas, siendo conducidos por el titular del permiso, o una persona contratada para ello.
Finalmente, no se puede olvidar la colocación de la señal V-12, aquella señalización que nos indica que el vehículo está realizando pruebas autorizadas por la administración.