¿Sabías que existe una única excepción que te permite conducir a 150 km/h?

Siempre se ha dicho que no podemos superar una velocidad de 120 km/h en carreteras bajo ninguna circunstancia, pero eso no es del todo cierto. Si bien no es lo habitual, hay una serie de circunstancias que te permiten conducir a 150 km/h como máximo, según recoge la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Fuente