El magistrado del Tribunal Constitucional Juan Carlos Campo, que era ministro de Justicia cuando el Gobierno de Pedro Sánchez indultó a los condenados del ‘procés’, no se ha apartado, al menos de momento, de los recursos de amparo que estos presentaron contra la negativa del Tribunal Supremo a aplicar la amnistía al delito de malversación por el que aún cumplen pena de inhabilitación, informaron a EL PERIÓDICO fuentes del TC.
Campo se abstuvo voluntariamente de los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el PP y las comunidades autónomas en las que este partido gobierna, así como en las cuestiones de inconstitucionalidad elevadas por el Tribunal Supremo, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y la Audiencia Provincial de Madrid.
Entonces su escueta explicación pasó por señalar que en los informes que elevó al Consejo de Ministros para conceder el indulto a los condenados por el ‘procés’ se pronunció en contra de la constitucionalidad de la amnistía. En esos decretos escribió: «A diferencia de la amnistía, claramente inconstitucional, que se reclama desde algunos sectores independentistas, el indulto no hace desaparecer el delito».
También se ha apartado de todas las leyes aprobadas por el Consejo de Ministros mientras él formaba parte de él y de las impugnaciones presentadas contra decisiones de su esposa, Meritxell Batet, mientras presidió el Congreso de los Diputados, por lo que el no haberse apartado de los recursos de amparo de los condenados del ‘procés’ resulta más llamativo.
Se trata de los recursos interpuestos por el presidente de ERC, Oriol Junqueras, el secretario general de Junts, Jordi Turull, y los ‘exconsellers’ Raül Romeva y Dolors Bassa, los cuatro que fueron condenados por malversación. Sus impugnaciones fueron admitidas a trámite en el pleno del Constitucional celebrado el pasado 11 de febrero, por lo que lo suyo hubiera sido que Campo hubiera presentado un escrito para apartarse de ellos también, puesto que firmó su indulto.
El escrito de abstención, como ocurrió con el que presentó en relación con las deliberaciones de los recursos de inconstitucionalidad, una vez presentado debería haber sido sometida a sus compañeros del pleno, que previsiblemente lo habrían aceptado, porque aunque ahora la impugnación se refiera a la aplicación o no de la ley de amnistía al delito de malversación se trata de la misma condena que él indultó como ministro de justicia.
El de Puigdemont
De los recursos de amparo de los procesados en rebeldía tampoco se ha apartado voluntariamente, pero ahí la situación puede ser distinta, porque al eludir el juicio al marcharse a Waterloo, no fueron indultados. Además, solo el ‘exconseller’ de Agricultura Lluís Puig ha presentado ya su recurso de amparo, que todavía no ha sido admitido a trámite por el pleno del Constitucional. Tanto el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont como Toni Comín esperan a que el Supremo rechace el incidente de nulidad que interpusieron contra la negativa del Supremo a aplicarles la amnistía.
Los recursos de los condenados y procesados en rebeldía no empezarán a tramitarse hasta al menos el otoño, y no se calcula que haya resolución hasta final de año. La propuesta de sentencia de la vicepresidenta del Constitucional, Inmaculada Montalbán, que declara la constitucionalidad de la amnistía, conocida esta semana, empezará a deliberarse en el pleno del próximo día 10 y no se convertirá en resolución hasta el pleno de la semana del 24.
Será la sentencia que resolverá el recurso del PP contra la totalidad de la amnistía y previsiblemente saldrá adelante con los seis votos de la mayoría progresista frente a los cuatro magistrados conservadores. El quinto, José María Macías, quedó fuera de las deliberaciones al estimarse la recusación que presentó en su contra el fiscal general del Estado, al entender que había perdido la imparcialidad por pronunciarse sobre la amnistía como vocal del Consejo General del Poder Judicial.