Fernando Maldonado, uno de los fiscales de la causa de la dana en Valencia adscritos a la investigación del Juzgado de Instrucción 3 de Catarroja, aboga por unificar las acusaciones populares en una única representanción, que correspondería al partido Podemos, porque fue el primer en personarse. Y también las particulares, que deberían agruparse en no más de cinco letrados, según el escrito del Ministerio Público notificado hoy a las partes.
En la causa están personados, por orden alfabético, Acció Cultural del País Valencià (ACPV, Asociación Liberum, Asociación Valenciana de Agricultores (AVA), Ciudadanos, Coalició Compromís, la Federación Estatal de Trabajadores de las Administraciones Públicas de la Confederación General del Trabajo (Fetap-CGT), Intersindical València ; Mai Més València; New Era Homes SL, Partido Político Valores, PSPV-PSOE, Podemos y Vox. A estas trece acusaciones populares se suman 21 acusaciones particulares de víctimas, o afectados agrupados.
Las defensas de los dos únicos acusados habían solicitado al Juzgado de Instrución 3 de Catarroja que se agrupen las acusaciones para evitar «más dilaciones». Un diágnostico en el que coincide el fiscal. «No debe olvidarse, como se debate en el ámbito académico, que el desequilibrio entre el número de partes acusadoras y el número de acusados puede vulnerar el principio de igualdad de armas, por cuanto la actividad desplegada por las primeras puede desbordar la capacidad de respuesta de las defensas. Es decir, debe atajarse la denominada hipertrofia acusadora», defiende el representante del Ministerio Público.
La variedad de los colectivos personados no impediría que se unifiquen. «El hecho de que dichas acusaciones sean de naturaleza diversa no impide dicha unificación por cuanto todas ellas persiguen, sin duda, un único y mismo objetivo: la búsqueda de la verdad material», señala el fiscal Maldonado, en el escrito notificado hoy con fecha de 2 de junio. Por ello la Fiscalía señala que «interesa que las acusaciones populares se unifiquen en torno a la primera de ellas que se personó en la causa mediante la constitución de la fianza exigida, como así se estableció en el caso Azud, por decisión de la jueza Pepa Tarodo, titular del Juzgado de Instrucción 13, que después ratificó la sección tercera de la Audiencia de València.
Respecto a las particulares, el fiscal secunda los argumentos esgrimidos por las defensas de los dos únicos investigados: Salomé Pradas y Emilio Argüeso. «Es cierto lo expuesto por las defensas en sus respectivos escritos al mencionar las posibles dilaciones indebidas que pueden producirse por el gran número de acusaciones personadas. Baste recordar al efecto alguna de las declaraciones practicadas en sede judicial donde las preguntas de las acusaciones populares y particulares prolongaron hasta en cinco horas su duración». Interrogatorios en los que, incide el fiscal de la dana, «la mayor parte de las preguntas formuladas fueron impertinentes, inútiles o repetitivas, por lo que la instructora tuvo que declararlas improcedentes. La duración excesiva de estas declaraciones impidió la práctica de las señaladas con posterioridad».
Por ello, aunque «atendiendo a la naturaleza de la causa y a la gravedad de los hechos ocurridos debemos ser más flexibles«, el fiscal aboga porque «se requiera a las acusaciones particulares para que, de forma voluntaria, elijan a sus representantes en los actos procesales, que no deberían exceder de cinco, salvo que se acrediten intereses contrapuestos e irreconciliables».