El Tribunal Supremo ha desestimado la demanda de protección del derecho al honor interpuesta por la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, contra la la vicepresidenta y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, por las declaraciones en las que se dirigía a Alberto González Amador como «delincuente» o «defraudador confeso« y señalaba que el ático en el residía se había pagado gracias al delito fiscal cometido.
En la primera demanda formalizada de las muchas anunciadas contra periodistas y otros miembros del Gobienro, González Amador solicitaba que se declarase que se había producido una intromisión en su derecho al honor por las distintas declaraciones que, tras conocerse la denuncia fiscal presentada en su contra por dos delitos fiscales y otro de falsedad, Montero hizo en las que le acusaba de haberse enriquecido durante la pandemia y que vivía con su pareja en un piso de adquisición cuestionable por sus problemas con el fisco.
La sentencia de la Sala Primera rechaza la inviolabilidad de la demandada, pero desestima la demanda, porque considera que las expresiones que formuló se enmarcan en el ejercicio de la actividad parlamentaria o, aunque se profieran fuera de dicha actividad, «sirvan para la libre formación de la voluntad del órgano legislativo al que pertenecen».