El Real Decreto 1422/2002 es el que fija las normas de seguridad que deben cumplir los pesqueros de eslora igual o superior a los 24 metros. Todos estos barcos, expone en su capítulo III, deben pasar por un test de «comprobación» de estabilidad cada diez años, a fin de garantizar las mejores condiciones a bordo y evitar situaciones de peligrosidad, como dificultades para el adrizamiento (retomar la verticalidad desde una escora) o riesgo de naufragio. El arrastrero Villa de Pitanxo fue sometido a este examen con fecha del 21 de febrero de 2018; las pruebas se realizaron en el puerto de Vigo «en presencia» de un funcionario de Capitanía Marítima. Esto es lo que determinó aquella revisión, en un acta firmada el 9 de marzo —divulgada por FARO en exclusiva en octubre de 2022— y entregada a la armadora.
«Con obra de reforma de cambio de cubierta de francobordo, se han instalado 16,077 toneladas de lastre en la quilla. El lastre fijo no podrá ser modificado sin autorización previa de la inspección de buques. Se prohibe navegar en zonas de formación de hielos. Se prohibe llevar carga sobre cubierta«.
El mismo día en que se le entregó el informe, cuando faltaban trece minutos para las ocho de la tarde, el Villa de Pitanxo puso rumbo, desde Marín, al caladero de Terranova. Un área de pesca ubicada, según el Convenio internacional de Torremolinos (1993), en el corazón de la denominada ‘Zona A’, precisamente de acumulación de hielos. Ninguna administración se lo impidió; allí, a unas 300 millas al este de la costa de Canadá, el pesquero empezó los trabajos de pesca siete días después, el 16 de marzo de 2018.
Mapa de las zonas de formación de hielos, según el Protocolo de Torremolinos de 1993 (vigente). / FDV
FARO ha analizado la derrota del barco en base a los datos AIS de posicionamiento satelital entre la fecha en que se le prohibió operar en Terranova y el 15 de febrero de 2022, cuando naufragó. En total, el buque de Pesquerías Nores Marín, con Juan Enrique Padín Costas como capitán, operó 545 días en una zona que tenía vetada por Capitanía Marítima —dependiente de la Dirección General de la Marina Mercante— debido a su sobrecarga (o sobrepeso); su estabilidad estaba comprometida. Pero el resultado del test fue inocuo, su suspenso no le impidió completar 18 mareas en NAFO, ni iniciar la última, la 19. Se fue a pique con 24 personas a bordo. Fallecieron 21; los cuerpos de 12 nunca han aparecido. El informe de investigación de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim) atribuye el siniestro, precisamente, a una entrada incontrolada de agua propiciada por su elevadísimo sobrepeso, que dejaba el hueco del trancanil (tolva de desperdicios) a ras de agua, en una maniobra negligente de virada del aparejo. Y este mismo análisis de la Ciaim ratifica por primera vez lo que este periódico desveló hace dos años y medio: el Villa de Pitanxo tenía «prohibición expresa» para trabajar en esa zona, pese a lo cual la Secretaría General de Pesca lo incluía año tras año en el «censo de la flota arrastrera congeladora de NAFO».

Censo de la flota arrastrera congeladora NAFO 2022 / Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Los datos
En el mismo año en que el test de estabilidad determinó que no podía operar en Terranova el Pitanxo realizó allí cinco mareas (esta información no consta en el informe de la Ciaim, sino que emana del estudio de los datos AIS). En 2019 hizo otras cinco —la última terminó ya el 15 de enero de 2020—, aunque también trabajó en Senegal. Por este motivo, por estar operando en el país africano —Padín tenía Dakar como puerto de enrole cuando naufragó el Pitanxo—, en 2020 las campañas completadas en NAFO se redujeron a tres. Hubo otras cinco en 2021; en 2022 solo tuvo tiempo de iniciar una, que se prolongó trece días (los que estuvo pescando, entre el 2 de febrero y el día 15).
Como advirtió ayer FARO, la Ciaim ha reprochado la «debilidad» de los mecanismos de control. «Si el buque pudo operar sobrecargado fue porque nadie se preocupó de que esto no ocurriera», expone. De ahí que una de las recomendaciones incluidas en su análisis, determinante para cerrar la instrucción en la Audiencia Nacional, es la de que se «compruebe que todos los arrastreros congeladores autorizados a faenar en caladeros NAFO cumplen con los requisitos de estabilidad exigibles, en particular que sus libros de estabilidad incluyan cálculos de acumulación de hielo».
Juan Padín está imputado, al igual que la armadora y entre otros delitos, por 21 homicidios por imprudencia grave.
Suscríbete para seguir leyendo