se quedaron sin ella al anularse la de varios policías jubilados

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha avalado las medallas concedidas a varios agentes que ayudaron a rescatar a los españoles que estaban en Ucrania en 2022. En ese año comenzó la guerra con Rusia.

Estos policías, miembros del GEO (Grupo Especial de Operaciones), se quedaron sin este galardón inesperadamente. En mayo de 2024, el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 1 anuló tanto sus condecoraciones como las de varios jefes policiales recientemente jubilados.

Estos últimos habían recibido una Medalla de Plata, que incrementaba su pensión un 15%. Los GEO rescatadores, aún en activo, habían obtenido una Medalla-Cruz Roja, también remunerada. Ahora bien, aquella sentencia del Juzgado anuló todas ellas. Las rojas y las plateadas. Es decir, las de los agentes en activo y las de los recién retirados.

La juez consideró que la Orden 2601 del Ministerio del Interior, fechada en septiembre de 2022 y que otorgaba todos estos galardones, era nula. Al completo, de principio a fin. Por tanto, tanto unos como otros se quedaron sin su medalla.

¿Por qué sucedió esto? Varios sindicatos (Jupol, el CEP, la UFP…) habían recurrido judicialmente la concesión de una parte de las medallas; tan sólo las de los jefes jubilados. Sin embargo, otra organización policial sí que impugnó la concesión de todos los galardones dados en 2022. Y eso incluía las medallas otorgadas a los GEO. También, las obtenidas por decenas de agentes aún en activo galardonados, con esa misma cruz roja, por su valentía y méritos. Aquel mayo de 2024, el Juzgado estimó este último recurso y anuló todas.

Esta primera sentencia, sin embargo, fue impugnada ante la Sala de lo Contencioso, que es el tribunal jerárquicamente superior a la juez. Se opusieron a aquel fallo tanto algunos policías jubilados como varios agentes en activo a los que se había otorgado la Medalla-Cruz Roja.

Ahora, en una nueva sentencia que corrige la del Juzgado, la Sala sí avala la Orden 2601 de Interior. Diametralmente en contra de lo que dispuso la juez, el tribunal concluye que, como consta en la documentación de este procedimiento, los sindicatos fueron convocados a una reunión en la que se les comunicó qué agentes habían sido propuestos para recibir las medallas. Todas ellas.

«Consta la convocatoria de los sindicatos a la reunión, la realización de ésta [a través de un acta], alegaciones escritas formuladas por los sindicatos y su resolución, también por escrito», subraya la Sala.

El tribunal destaca que los sindicatos discutían, «sobre todo, la concesión de las condecoraciones» y «los criterios por los que se debían otorgar o no las medallas».

«Discrepancia» con la juez

La Sala explicita su «discrepancia» con «lo razonado en la sentencia apelada», que determinó en mayo de 2024 que Interior había «prescindido totalmente del procedimiento establecido al obviar la intervención de las organizaciones sindicales en el trámite de audiencia».

«Según el expediente administrativo, no existen los vicios procedimentales que la sentencia [del Juzgado] imputa al trámite (…) y que son, simplemente, la ponderación desde la perspectiva de los sindicatos de la forma en la que debería haberse realizado la reunión que tuvo lugar», añaden el tribunal.

«Desde luego, no existen vicios determinantes de nulidad radical, que son tasados», insisten los magistrados de la Sala Alicia Sánchez Cordero, Margarita Pazos, Eduardo Hinojosa y Enrique Gabaldón.

«Los defectos en el trámite que recoge la sentencia [recurrida] no muestran que se haya prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido. De concurrir, se trataría, a lo sumo, de defectos de forma, que no pudieron causar la indefensión de los sindicatos, convocados a una reunión que se realizó, que tuvieron conocimiento de su objeto y posibilidad de realizar alegaciones por escrito, en las que además se aprecia su conocimiento de los elementos esenciales de las propuestas, hasta el punto de exponer en esas alegaciones los criterios que deberían seguirse para otorgar las condecoraciones», concluyen estos jueces.

Por tanto, estiman los recursos presentados tanto por el Ministerio del Interior como por decenas de agentes que se quedaron sin sus medallas. Entre estos últimos se encontraban varios mandos policiales jubilados —cuyas Medallas de Plata anuló el Juzgado— como los GEO rescatadores de los españoles en Ucrania, que se habían quedado sin sus cruces con distintivo rojo. Unos y otros recuperan ahora sus galardones.

La operación de evacuación de los españoles de Ucrania recibió el nombre de Operación Prusia. La dirigió un célebre mando de los GEO, que ya coordinó una actuación similar en Kabul (Afganistán): el inspector Pelayo Gayol.

La operación concluyó con la retirada ceremonial de la bandera española en nuestra Embajada en Kiev, capital ucraniana [la foto de cabecera que ilustra este artículo].

Los servicios jurídicos de Jupol, una de las organizaciones policiales que recurrió tan sólo las medallas concedidas a mandos jubilados, celebra que «los compañeros que habían sido condecorados y que eran merecedores de ello» recuperen sus Medallas-Cruz Rojas.



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