Un jubilado vasco ha recibido un golpe difícil de encajar. Con 77 años, la Seguridad Social ha rechazado que tenga derecho a recibir una pensión contributiva pese a haber cotizado durante 30 años. La razón es inapelable: no cumple con los requisitos que exige la ley.
La traba no son los años activo, ya que la normativa exige haber cotizado al menos 15 años, que daría derecho a cobrar el 50% de la base reguladora, porcentaje que va subiendo progresivamente hasta el 100% cuando se alcanzan los 36 años y 6 meses, aunque esta barrera va a ir aumentando en los próximos años hasta los 37 años.
El problema con el que se encontró este hombre fue otra. De esos 15 años cotizados, al menos 2 deben estar dentro de los últimos 15 años previos a la solicitud de la pensión. Es decir, no sirve haber cotizado entre los 30 y los 45 años, por ejemplo, y solicitar la pensión a los 65 años. En el caso del septuagenario, su última cotización registrada fue en agosto de 2004, por lo que cuando presentó su solicitud de jubilación en septiembre de 2022, el tiempo había jugado en su contra.
Lo llamativo del caso es que el Juzgado de lo Social nº12 de Bilbao le dio inicialmente la razón reconociendo su derecho a cobrar la pensión atendiendo a sus tres décadas trabajando. La Seguridad Social recurrió el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en febrero de 2024 y el alto tribunal regional echó un jarro de agua fría sobre el jubilado recordándole que la normativa vigente: es imprescindible haber cotizado de manera reciente a la solicitud. La resolución se basó en el artículo 205.1 b) de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), que define esta condición como obligatoria.
El caso no terminó ahí. El jubilado recurrió al Tribunal Supremo apoyándose en una sentencia del 2012 para un caso similar al suyo, sin embargo, el Supremo desestimó el recurso por considerar que no se había demostrado «adecuadamente» la similitud entre ambos casos.