Un juez de la Audiencia Nacional abre una causa para investigar si el apagón se debió a un ciberataque terrorista

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha abierto una causa para investigar si el apagón en la red eléctrica española ocurrido este lunes pudo ser un acto de sabotaje informático contra infraestructuras críticas.

En ese caso, los hechos encajarían en un delito de terrorismo, cuya investigación es competencia de la Audiencia Nacional. El suceso, iniciado pasado el mediodía, afectó a todo el territorio peninsular y tardó más de siete horas en comenzar a solucionarse.

En una resolución fechada este martes, Calama ordena al Centro Criptológico Nacional, dependiente del CNI, y a Red Eléctrica Corporación SA la elaboración de sendos informes que indiquen la o las causas que motivaron el apagón. Esta última entidad ya ha hecho público que descarta un ciberataque como la causa del conocido como gran apagón.

Del mismo modo, el juez ha ordenado a la Jefatura de Información de Policía Nacional para que, también en un plazo de diez días, presente un informe preliminar sobre los hechos.

El inédito incidente ocurrió este lunes sobre las 12:30 (hora peninsular española). Afectó a los sistemas informáticos que soportan las infraestructuras que proporcionan los servicios esenciales a la sociedad como la salud, el suministro de energía, la industria, el transporte, etc. El apagón supuso, por tanto, «una situación crítica para el bienestar y sentimiento de seguridad de todos los ciudadanos», recuerda Calama.

El auto fechado este martes también recoge la explicación facilitada por el Gobierno: que «se han perdido» de forma súbita, durante 5 segundos, 15 gigavatios de la energía que se estaba produciendo en ese momento, lo que equivale al 60% de la luz que se estaba consumiendo. «Algo que no había ocurrido jamás», recuerda Calama.

El magistrado, titular del Juzgado de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, indica que, si bien en este momento la causa de los hechos resulta desconocida, «el ciberterrorismo se encuentra entre unas de las posibles». Por tanto, resulta necesaria, según el juez, la apertura de una investigación judicial para aclarar el origen de los hechos.

El instructor recalca que, conforme al artículo 573 del Código Penal, los delitos informáticos pueden ser calificados como terrorismo cuando su finalidad sea desestabilizar gravemente el orden constitucional o el funcionamiento de los servicios esenciales.

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