El hijo de un paciente que falleció poco después de haberle tenido que amputar el pene por gangrena ha reclamado una indemnización de 80.000 euros al Servicio Murciano de Salud (SMS) al considerar que murió por una deficiente atención, pero el Consejo Jurídico de la Región le recomienda que no lo haga.
El preceptivo dictamen no vinculante del órgano consultivo de la administración indica que el demandante no ha probado la existencia de una relación de causalidad entre el daño alegado y el funcionamiento de los servicios sanitarios tras exponer él que a mediados de 2016 en una cura al enfermo en un hospital de Murcia, al colocarle un tubo para que pudiera orinar en una bolsa le desgarraron internamente el pene.
Añadió que la atención recibida en la residencia de Cartagena a la que fue trasladado para tratar de recuperar la movilidad que había perdido también fue deficiente al no serle detectada de forma precoz la gangrena, pero teniendo en cuenta el informe de la inspección médica que consta en las actuaciones, el consejo concluye que no hubo mala praxis.
Agrega que al detectarse, se actuó de la forma rápida necesaria, ya que la necrosis puede alcanzar velocidades de progresión de hasta 2 o 3 centímetros por hora.