El Juzgado de Violencia Sobre la Mujer N.º 1 de Santa Cruz de Tenerife ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa en la que se investigaba al accionista del Club Deportivo Tenerife Rayco García por coacciones.
Ayer martes, tras la comparecencia del consejero blanquiazul, el mismo juzgado informó de que los autos quedaban pendientes de resolución relativa a la continuación o no de las actuaciones. Ahora ha decidido dar carpetazo a la causa.
Presunto delito de coacciones
Todo comenzó el miércoles de la semana pasada, cuando García se personó en una comisaría de Policía de Santa Cruz tras ser citado para testificar sobre las acusaciones recogidas en una denuncia presentada contra él por una joven con la que había mantenido una relación.
El empresario fue puesto en libertad con cargos el día siguiente, acusado de un presunto delito de coacciones en el ámbito de la violencia de género.
Según el atestado policial, la denunciante, una mujer de 27 años y nieta de un exvicepresidente del club, relató episodios de violencia y amenazas, con frases como “no me arruines la vida”, “voy a destruirte” o “me llevo a tu hijo a Arabia y lo mato allí…”.
La mujer se presentó en la Brigada de Policía Judicial de Tenerife el martes por la noche, explicando que mantuvo una relación con García entre abril y agosto del año pasado, incluyendo un viaje a Nueva York.
Durante este tiempo, se quedó embarazada y comenzó a sufrir insultos y presiones que la llevaron a un aborto, el cual asegura que no fue consensuado.
Rayco García, a su salida del Palacio de Justicia. / Andrés Gutiérrez
Intereses espurios
Por su parte, Rayco García, siempre defendió su inocencia y atribuyó la filtración de datos personales y audios a «intereses espurios sobre los que las personas responsables habrán de rendir cuenta en su día».
Según la versión de los letrados que representan a Rayco García, la resolución del magistrado «reconoce la existencia de un evidente conflicto empresarial entre la familia de la denunciante y y el propio Rayco García como hecho determinante de la interposición de la denuncia que dio lugar al procedimiento».