El aval del Tribunal Supremo a la condena de cuatro años y medio de cárcel para Laura Borràs deja el futuro de la expresidenta del Parlament en manos del Gobierno, que deberá decidir si le aplica el indulto parcial que planteó el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) para librarla de la cárcel. La sentencia, que ahora ha devenido firme, impone también a la expresidenta de Junts 13 años de inhabilitación especial para cargos públicos electivos o de gobierno.
El alto tribunal ha confirmado la pena de cuatro años y medio de cárcel que el TSJC impuso a Borràs en marzo de 2023, por adjudicar contratos a dedo a un amigo en la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), que dirigió entre los años 2013 y 2018, por valor de 335.700 euros. La exdirigente de Junts ya había sido suspendida como presidenta del Parlament en julio de 2022, cuando la justicia decidió enviarla a juicio, y perdió el acta de diputada en mayo de 2023, a las semanas de dictarse la condena.
Una pena «excesiva» para el TSJC
El TSJC condenó a Borràs por prevaricación -castigado con inhabilitación- y le impuso la pena mínima por otro delito continuado de falsedad documental, que es de cuatro años de cárcel y, por lo tanto, no puede ser suspendida. La propia sala reconocía en su sentencia que esa pena de cárcel resultaba «desproporcionada y excesiva» para los hechos cometidos por la exdirigente de Junts, teniendo en cuenta que si fraccionó los contratos de la ILC fue para adjudicarlos de forma «arbitraria» a su amigo, no para obtener con ello un «lucro personal«.
En consecuencia, el TSJC proponía en su sentencia al Gobierno que concediera un indulto parcial a Borràs, ceñido exclusivamente a la pena de prisión y de como máximo dos años y medio de cárcel, de forma que la propia sala pueda suspenderle la pena, teniendo en cuenta que carece de antecedentes, y evitar así su ingreso en prisión. Una vez confirmada por el Supremo, la sentencia de Borràs vuelve al tejado del TSJC, órgano encargado de la ejecución de la condena que, de acuerdo con los procedimientos habituales, deberá emplazar a la Fiscalía y a la defensa a pronunciarse, si es necesario en una vista a la que acuda la propia procesada.
Indulto solo para la pena de prisión
El indulto no afectaría, eso sí, a los 13 años de inhabilitación impuestos a Borràs, pena que le impide presentarse a las elecciones u ocupar cualquier cargo público, electivo o de libre designación, aunque no limita su trabajo como docente. Borràs, que el pasado mes de octubre dejó la presidencia de Junts en manos de Carles Puigdemont, se ha proclamado siempre víctima del ‘lawfare’ por sus convicciones independentistas, por lo que en las negociaciones con el PSOE su partido planteó sin éxito que la ley de amnistía diera cobertura a su caso.
Asimismo, su abogado, Gonzalo Boye, pidió al Supremo que amnistiara a Borràs alegando que fue condenada por «divulgar el proyecto independentista», dado que los contratos fragmentados formaban parte de un proyecto para desarrollar la web de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), en el marco de «un gobierno con vocación netamente procesista». Con todo, el secretario general de JxCat, Jordi Turull, ha comparecido este miércoles en rueda de prensa junto a la plana mayor del partido para acusar al Supremo de «ensañarse» con la expresidenta del Parlament en una sentencia que, a su parecer, convierte a la justicia española en «el Guantánamo de la justicia europea».