La vivienda de la que Eva Cárdenas, responsable de la inmobiliaria Niebla Azul y mujer de Alberto Núñez Feijóo, disfruta en la playa de O Con, en Moaña (Pontevedra) sigue investigada por la Justicia.
De hecho, es su nombre, junto al de la alcaldesa de la localidad gallega en la que se encuentra el chalet, Leticia Santos, sobre los que los órganos jurídicos competentes se encuentran estudiando si pudiere haber algo punible después de que el Tribunal Supremo emita que “al no describirse la participación del aforado -en relación al presidente del PP- no compete a la Sección Penal (de dicho tribunal) la investigación de los hechos denunciados”. En consecuencia, la cuestión pasa al organismo provincial.
El presidente de la Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia (Pladesemapesga), Miguel Delgado, había elevado textos a la Fiscalía General del Estado, a la de la Comunidad Autónoma y a la Provincial aludiendo “posibles delitos e infracciones vinculadas a actuaciones urbanísticas, administrativas y medioambientales” relacionados con un inmueble sobre el que el Estado exigió intervenir -en parte de él- por estar localizado en dominio público-terrestre, ante lo que su propietaria presentó recurso.
El último texto legal sobre el caso, al que ha tenido acceso ElPlural.com, exime al expresidente de la Xunta de responsabilidades en tanto en cuanto “de la lectura del escrito de denuncia y documentación que la acompaña no se describe hecho o actuación concreta que permita entender, siquiera indiciariamente, la participación del aforado en la comisión de los ilícitos penales objetos de la denuncia”.
“Al no describirse la participación del aforado, no compete a la Sección Penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo la investigación de los hechos denunciados”, esgrime el documento de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Galicia haciendo referencia a lo expuesto por el Tribunal Supremo: “(…) Recuerda el carácter excepcional de las normas que atribuyen la competencia al Tribunal Supremo para conocer de las causas criminales contra las personas aforadas por razón de los cargos que desempeñan”, por lo que se justifica “no solo que se individualice la conducta concreta que pudiera se constitutiva de delito, sino también que haya algún indicio o principio de prueba que pueda servir de apoyo a la imputación de la persona aforada”.
Y apostilla: “Por ello -afirma el decreto- no es necesario analizar si los hechos denunciados revisten los caracteres de delito cuando no se ha acreditado la participación del aforado, debiendo continuar con la investigación de los hechos la Fiscalía Provincial de Pontevedra, territorio donde radican los terrenos y se han producido las supuestas irregularidades que se denuncian”.
Es así como insiste, además, el texto en sus conclusiones: “Se acuerda remitir a la Fiscalía Provincial de Pontevedra el escrito de denuncia devuelto por el órgano fiscal anteriormente citado, con la documentación y memoria USB anexa, por ser la competente para el conocimiento y resolución sobre la misma, junto con los posteriores escritos y documentación remitidas por Don Miguel Ángel Delgado González”.
Y concluye con la petición de que el próximo escrito o comunicación sobre el asunto los remita preferiblemente, “por cuestiones de agilidad y competencia, directamente a la Fiscalía Provincial de Pontevedra”. “En caso de remitirlos a esta Fiscalía autonómica, se unirán sin más trámite”.
Denuncias contra Feijóo, Cárdenas y Santos
Miguel Delgado remitió hacia finales del año pasado varias demandas contra Feijóo, Cárdenas y Santos por la que él y su plataforma definen como “mansión ilegal”. Después amplió la denuncia contra la regidora de Moaña por su “intento de desvincularse de las actuaciones” ilícitas y llevar a cabo acciones presuntamente en detrimento de la transparencia.
Los múltiples escritos señalan las “presuntas infracciones urbanísticas y medioambientales que afectan gravemente al interés público” de las que responsabilizaban directamente a “cargos políticos y administrativos que, a través de acciones y omisiones, habrían permitido construcciones ilegales en dominio público”, contribuyendo además “a la contaminación de un ecosistema crítico”.
Eva Cárdenas presenta alegaciones
El Servicio Provincial de Costas publicaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en noviembre la obligatoriedad de recuperar un terreno que contempla el chalet localizado en el arenal de O Con por pertenecerle a la sociedad al ser de uso público, y el pasado martes iba un paso más allá respondiendo a la esposa de Feijóo un recurso que había presentado para pedir una concesión pública que le permita disfrutar 30 años más del espacio.
Ahora, el inmueble se tendrá que enfrentar a un peritaje antes de ser o no derribado. “Tal y como figura al final del documento publicado en el Boletín Oficial del Estado es que el jefe de Costas, junto al abogado de Cárdenas, tendrá que ir a la finca a medir y demás, para poder así levantar el acta”, explicaba el Ministerio para la Transición Ecológica a este periódico.
La polémica viene por un muro de hormigón de 210 metros cuadrados en zona de dominio público marítimo-terrestre que encuentra su origen en construcciones que se llevaron a cabo sin los permisos requeridos y que incluyen un muro transversal de bloque de hormigón de 5,5 metros de largo y otro de contención con una puerta de acceso cerrada.
Si bien en el momento en que el Cárdenas adquirió el chalet el cierre ya estaba hecho, ésta intervino recientemente en el área con una renovación de la puerta que da acceso directo a la playa y que de un tiempo a acá cuenta con los mismos acabados que el resto de elementos de la vivienda.
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