En una sentencia histórica, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Barcelona ha reconocido el derecho de un trabajador del Ayuntamiento de Barcelona a percibir una retribución por el permiso parental de hasta ocho semanas, destinado al cuidado de menores de hasta 8 años de edad. Como resultado de esta resolución, el Consistorio ha tenido que abonar una cantidad de 4.000 euros, más los intereses legales correspondientes. Esta decisión ha marcado un precedente importante en el ámbito jurídico y laboral, ya que es la primera vez que la justicia española obliga a retribuir este tipo de permiso.
El caso se remonta a una disputa entre el trabajador y el Ayuntamiento de Barcelona, después de que el Consistorio decidiera dejar de remunerar este permiso parental a raíz de una nota informativa de la Dirección General de Función Pública de la Generalitat. Dicho documento indicaba que, a partir de ese momento, no se retribuiría este permiso. El Ayuntamiento informó a sus empleados de la decisión, generando incertidumbre y descontento entre los trabajadores, lo que llevó a la reclamación judicial.
El Juzgado de Barcelona ha argumentado que el Ayuntamiento no puede contradecir el carácter retribuido del permiso parental, ya que esta modalidad ya había sido reconocida previamente. En palabras del juzgado, la decisión del Consistorio de dejar de retribuirlo causaría “perjuicios de imposible recuperación” a los trabajadores, especialmente a aquellos cuya situación familiar afectada por la edad de los menores estuviera próxima a cambiar. La sentencia considera que el permiso debe ser remunerado de la misma forma que otros permisos establecidos en el artículo 49 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleo Público.
Familia paseando con un perro pequeño cerca de la Puerta del Sol, Madrid, España, resplandor del atardecer
Una de las principales implicaciones de esta sentencia es que refuerza la necesidad de que España cumpla con la Directiva Europea 2019/1158, que exige que los permisos parentales sean retribuidos. La normativa europea es vinculante y atribuye derechos claros a los trabajadores. Sin embargo, España no ha cumplido con la trasposición de la directiva antes de la fecha límite, que expiró el 2 de agosto. Esta situación ha dado lugar a la reclamación del trabajador y a la resolución judicial que obliga a abonar el permiso parental. El Juzgado ha dejado claro que el Gobierno español debe actuar de inmediato y adoptar las medidas necesarias para garantizar los derechos de los trabajadores en este ámbito.
Cobra 4.000 euros más intereses
Este fallo también subraya la importancia de la conciliación de la vida familiar y laboral, un derecho que aún sigue siendo un tema central de debate en España. CSIF, el sindicato que defendió al trabajador en este caso, ha calificado la sentencia como «pionera», destacando que, aunque sea una resolución de primera instancia, esta decisión podría dar lugar a otras reclamaciones en el ámbito público y generar jurisprudencia sobre la retribución del permiso parental.
A pesar de la victoria judicial, desde el sindicato se subraya que el Gobierno debe tomar medidas urgentes para adaptar la legislación española a la Directiva Europea, sin más demora. La falta de retribución completa del permiso parental es vista como un obstáculo para los trabajadores, que aún se enfrentan a incertidumbre sobre cómo se desarrollará el derecho a disfrutar del permiso en el futuro.
El Gobierno español, por su parte, ha expresado su compromiso con cumplir con la directiva europea, pero en términos parciales. El Ejecutivo ha señalado su intención de retribuir solo la mitad del permiso, es decir, cuatro semanas de las ocho contempladas por la normativa europea. Esta medida, aunque un paso en la dirección correcta, sigue siendo insuficiente para muchos sindicatos y trabajadores, que consideran que la plena retribución del permiso es una necesidad para garantizar el equilibrio entre la vida laboral y familiar.
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Además, la falta de desarrollo reglamentario por parte del Gobierno sigue siendo un tema pendiente. Este vacío legislativo está generando incertidumbre en cuanto a cómo los trabajadores podrán disfrutar del permiso, si será de manera continua o por días sueltos. Asimismo, la situación en la que los trabajadores no generan vacaciones mientras disfrutan de este permiso podría acarrear un perjuicio adicional, como ya ha señalado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en casos anteriores.