Los casos de abuso en entornos religiosos siempre generan un gran impacto mediático y social, especialmente cuando se trata de un líder espiritual. En esta entrevista, Eduardo Muñoz Simó, CEO de Simó Abogados Penalistas, con sede central en Madrid capital, y sede del levante español en Murcia, expone los detalles del caso del “Padre Óscar” y reflexiona sobre cómo se equilibra la presunción de inocencia con el foco público que acompaña a estas denuncias.
¿Qué precedentes legales establece el sobreseimiento del caso del “Padre Óscar”?
Eduardo Muñoz Simó:
“El sobreseimiento en un procedimiento penal significa que, tras una investigación, no se han encontrado indicios suficientes que permitan continuar. No declara culpable ni inocente a nadie, simplemente indica que las pruebas no alcanzan el estándar requerido para llevar el asunto a juicio. En el caso del ‘Padre Óscar’, ello sugiere que no se ha podido probar, con la solidez necesaria, los hechos denunciados.
¿Cómo se aborda la problemática de los abusos cometidos en entornos religiosos?
Eduardo Muñoz Simó:
“Desde el punto de vista jurídico, ninguna persona está exenta de responder ante la justicia, sea o no un líder religioso. Sin embargo, cuando el acusado es un sacerdote, la cobertura mediática y la opinión pública suelen aumentar la presión, lo que puede tensionar la presunción de inocencia.
En cualquier gremio o institución podemos encontrar individuos que cometen delitos. No podemos criminalizar toda la profesión, pero debemos ser muy cautelosos en la investigación y, al mismo tiempo, proteger los derechos de la persona denunciada. Además, en estos casos, muchas veces interviene una estrategia de comunicación de crisis para salvaguardar la imagen pública del cliente. Los despachos especializados combinamos la defensa penal en el juzgado con un asesoramiento en la gestión de la reputación.”
¿Qué mecanismos existen para evitar que figuras de autoridad se aprovechen de su posición?
Eduardo Muñoz Simó:
“El ordenamiento jurídico español contempla delitos de abuso de autoridad y, en el contexto religioso, delitos sexuales que se aplican en los mismos términos. La fiscalía y los juzgados investigan de forma independiente a la pertenencia religiosa del investigado. Los líderes espirituales están sujetos a la misma responsabilidad penal que cualquier otro ciudadano.
Además, muchas organizaciones, incluidas las eclesiásticas, han adoptado protocolos internos de prevención. Estos protocolos suelen fomentar la transparencia, la colaboración con las autoridades y la implementación de canales internos para denunciar cualquier indicio de conducta inapropiada. Si bien aún queda camino por recorrer, estos instrumentos han mejorado la detección temprana y la concienciación de la comunidad.”
¿Considera que las víctimas enfrentan barreras adicionales al denunciar a líderes religiosos?
Eduardo Muñoz Simó:
“En algunos casos, sí. La posición de respeto y prestigio que un sacerdote o líder espiritual ostenta puede intimidar a la víctima, generando mayor temor al rechazo por parte de la comunidad. También es frecuente que surja desconfianza hacia el sistema judicial, o miedo a dañar la imagen de la institución religiosa a la que se pertenece.
Sin embargo, es crucial que las víctimas tengan claro que la ley está para protegerlas, y que denunciar es un derecho, no una afrenta contra la religión. Las instituciones religiosas deben ofrecer un entorno seguro y libre de represalias para quien alza la voz. Solo de esta manera se garantiza un proceso que busque la verdad con imparcialidad.”
La mirada de Simó Abogados: defensa penal y protección de la reputación
El equipo de Simó Abogados Penalistas, dirigido por Eduardo Muñoz Simó, trabaja en casos penales muy mediáticos, proporcionando un enfoque integral que combina la defensa jurídica con la protección de la imagen pública de los investigados. Su presencia en Madrid y Murcia, y su disposición de movilidad geográfica, les permite atender procedimientos en todo el territorio nacional.
“Cuando el foco está encima de un líder religioso, muchas veces ‘se rompe’ la presunción de inocencia en la esfera mediática —afirma Muñoz Simó—. Nuestra labor consiste en garantizar un tratamiento justo en el juzgado y, si es necesario, neutralizar la presión social para que el asunto se aborde con rigor y sin prejuicios.”
En palabras de Eduardo Muñoz Simó: “La verdad debe prevalecer, sea quien sea el acusado. Los despachos penalistas tenemos la misión de asegurar un proceso imparcial y proteger los derechos constitucionales de todas las partes”.
¿Requieres asesoría legal o defensa penal?
No dudes en contactar con Simó Abogados Penalistas, con sedes en Madrid (C/ María de Molina, 64, 1º A) y Murcia (Avda. del Rocío, 16, 6º D). Visita simoabogados.com para conocer su experiencia en delitos contra la libertad sexual, violencia de género y otras áreas penales.