El juez del juzgado de instrucción número 1 de Palma, Juan Manuel Sobrino, ha decidido seguir adelante con la denuncia contra el presidente del Parlament, Gabriel Le Senne, por su incidente al romper la imagen de un grupo de mujeres represaliadas durante la dictadura, durante la celebración de un pleno en el que se discutía la derogación de la ley de memoria histórica.
Con esta decisión, el juez rechaza la propuesta de archivo planteada la semana pasada por la fiscalía de Palma, que no apreciaba ningún delito de odio en el comportamiento del político de Vox. El fiscal cuestionó, desde el aspecto ético, la reacción de Le Senne, pero no la relacionó con una intención de dañar, ni perseguir, a las víctimas asesinadas durante la dictadura. En su escrito el fiscal calificó su comportamiento como un “gesto excesivo, incontrolado y evitable”, pero que en ningún caso podía encajar en el delito de odio.
El juez, en una resolución acordada esta mañana, decreta la continuación de las diligencias previas, al entender que existen indicios suficientes para considerar que los hechos pueden ser “constitutivos de un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizadas por la constitución, en la modalidad de delito de odio”.
El magistrado considera, a diferencia de lo que opina el fiscal, que el presidente del Parlament no se limitó solo a rasgar la imagen de las mujeres asesinadas, sino que a continuación rompió en pedazos la fotografía y los arrojó al suelo. A su juicio, la actuación de este representante público lesionó la dignidad de las víctimas, por lo que su reacción encaja en el delito de odio.
Además de rechazar el archivo del caso, tal como pedía la defensa y la propia fiscalía, el juez anuncia a las diferentes partes que tienen un plazo de diez días para que presenten sus correspondientes escritos, bien de absolución, o de acusación. Cuando se haya concluido este trámite el juez, con toda seguridad, acordará la apertura de juicio oral, lo que supondrá que el presidente del Parlament tendrá que sentarse en el banquillo de los acusados y tendrá que defenderse de la acusación de un delito de odio.
A pesar de que el juez ha decidido no archivar la causa, no está previsto que la fiscalía cambie de criterio, es decir, con casi toda seguridad solicitará la absolución de Gabriel Le Senne. Por lo tanto, serán las acusaciones particulares y populares las únicas partes del proceso que solicitarán la condena del político de Vox, porque consideran que actuó por odio hacia todo lo que representan las víctimas de la dictadura.
Indicios suficientes y bastantes
El auto judicial es muy crítico con la segunda autoridad de Baleares. “En la presente causa penal, frente a lo expresado por el ministerio fiscal, sí existen indicios suficientes para entender que el investigado sí tenía intención de menospreciar, faltar al respeto y vejar las figuras de Les Roges del Molinar con sus actos antes descritos en la sesión parlamentaria del 18 de junio de 2024 y ello como consecuencia de sus ideas políticas y del partido político en el que militaban, no entendiéndose que su única intención sea la de preservar la neutralidad de la mesa, ya que en otras ocasiones se permitieron exhibir fotografías en los debates del Parlamento balear y no se actuó por parte del presidente en la forma que lo hizo en el presente caso”, destaca el auto.
El magistrado instructor considera que, de momento, hay indicios “suficientes y bastantes” para continuar con el procedimiento contra Le Senne, ya que los hechos “pueden constituir un delito de odio”.
“Y es que el ataque llevado a cabo por el investigado con sus actos revela un odio evidente hacia la ideología de las personas que estaban representadas en esas imágenes, causando un evidente daño moral a la memoria de Les Roges del Molinar”, subraya el juez Juan Manuel Sobrino.
“También se ha causado daño moral a los familiares de esas víctimas franquistas en particular, tal como declararon y reconocieron en esta causa, pero también a los partidos políticos en donde militaban aquellas víctimas franquistas, personados en esta causa, y también, en general a la sociedad balear, como se describe en la querella presentada por unos 50 ciudadanos residentes en Balears, personas que representan a diferentes estamentos de la sociedad”, asegura el magistrado, en referencia al colectivo Estimada Aurora, que ejerce una de las acusaciones, y también al Partido Comunista de los Pueblos de España, personado como acusación popular.
“Los actos del querellado han causado un evidente daño moral a todas esas personas y grupos sociales, tal como parte de ellas han tenido la ocasión de manifestar y declarar ante este mismo juzgado. Los actos del investigado encajan en esta fase procesal dentro del tipo penal (…) sobre el delito de odio”, prosigue el auto.
“Todo ello no puede descontextualizarse del signo político del partido político al que pertenece el señor Le Senne, el partido político Vox, que como se acredita con las documentales aportadas con las diferentes querellas y denuncias, nunca condenó el régimen franquista, así como del tenor de las declaraciones que a lo largo del tiempo fueron prestadas por el señor Le Senne en diferentes medios de comunicación y redes sociales, y que también fueron aportadas como documentales en esta causa en los escritos de querella y denuncia y en otros escritos”, señala el magistrado.
Aunque estas manifestaciones de la segunda autoridad de Baleares “puedan estar amparadas por la libertad de expresión, no pueden dejar de ser tenidas en cuenta en esta causa” para entender que sí existen indicios suficientes “para entender que el investigado sí tenía la intención de menospreciar” a Les Roges del Molinar.