La Abogacía del Estado ha negado la mayor en la causa en la que defiende al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y ha defendido en un recurso que los correos del empresario Alberto González Amador, el novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, eran «conversaciones preliminares» no protegidas por el secreto.
«A la vista de esta circunstancia, resulta difícil sostener que los datos e información que contenían los correos electrónicos objeto de esta causa especial merezcan la protección penal que dispensa el artículo 417 del Código Penal», que aluden al funcionario público que revela secretos o informaciones de los que tiene conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deben ser divulgados.
Así consta en un escrito, al que ha tenido acceso esta redacción, en el que se sostiene que los mensajes cuya presunta divulgación irregular se atribuye a los investigados, es decir al fiscal general y a la jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, «no forman parte de las diligencias de investigación preprocesal que realiza el Ministerio Fiscal, ni se incluyen en el expediente de investigación, ni producen efecto alguno».
Declaraciones en el Supremo
«De hecho», prosigue el documento, «así lo explicaron en su declaración [en el Tribunal Supremo] tanto la señora [fiscal superior de la Comunidad de Madrid Almudena] Lastra como el señor [fiscal] Julián Salto, el 9 de enero, distinguiendo entre los intentos de conformidad o acuerdo que se desarrollan en los expedientes judicializados, y en los no judicializados, que era la fase, esta última, en la que se encontraba el que ahora nos ocupa».
Según sus testimonios, se trataba de «conversaciones preliminares», que se enmarcan, esencialmente, «en la particular forma de trabajar del señor Carlos Neira, habitual abogado fiscalista, que suele relacionarse por estos temas con el área de delitos económicos» del ministerio público.
«No es un secreto»
En concreto, el fiscal Salto declaró, especifica el recurso de la Abogacía del Estado: «No era en puridad una conformidad, sino un intercambio de opiniones”, “lo que me manda el señor Neira no es un secreto”, y refiriéndose en particular al correo de 2 de febrero “no es una información privada, es una información que manda a un buzón genérico”.
Más tarde esta fiscal reiteró en su declaración, siempre según la Abogacía del estado, que los correos que se intercambian con el letrado «no son privados, ni el señor Neira acredita su representación; para mí esos correos con el señor Neira no sirven de nada si no lo ratifica ante un juez, lo demás es papel mojado”, dijo ante el juez Ángel Hurtado el pasado 9 de enero.
Finalmente, la Abogacía del Estado lamenta que el auto del magistrado Hurtado «sigue sin determinar los hechos o circunstancias en los que puede fundarse ese carácter secreto respecto del correo de 2 de febrero». Y de igual manera, considera que el instructor «sigue omitiendo que los hechos imputados a los investigados se encontraban amparados en las funciones y competencias propias del Ministerio Fiscal. […] Especialmente cuando se trata de evitar la extensión de noticias inveraces con grave perjuicio para la imagen de la Justicia y de la función de los miembros del Ministerio Fiscal».