Desahucios y divorcios pasarán obligatoriamente por mediación antes de ir al juez

Reclamaciones de cantidades económicas, impago de alquileresdesahucios (excepto la recuperación de la vivienda por ocupación ilegal), divorcios (menos las medidas urgentes para asegurar los alimentos y otras necesidades de los hijos), demandas por deudas de propietarios a una comunidad de vecinos o daños por accidentes de tráfico. A partir del próximo 3 de abril, la resolución de estos asuntos de carácter civil que colapsan los juzgados de primera instancia en España deberán pasar por un sistema extrajudicial, como la mediación o la conciliación, antes de la presentación de un pleito, según establece la ley de eficiencia del sistema público de la justicia que fue publicada en el BOE el 2 de enero y que entrará en vigor en varias fases a lo largo del 2025. En las demandas por anulación o pérdidas de vuelos o de maletas solo es necesario incorporar en la misma la reclamación efectuada a la empresa, sin perjuicio de que se pueda acudir a la medicación. 

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