La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al Puerto de Las Palmas por denegar la prolongación del amarre al propietario de una embarcación que se saltó la normativa al clonar la llave de acceso al muelle deportivo. La sentencia reconoce que la ordenanza reguladora de la gestión, uso y explotación de la Dársena de Embarcaciones Menores prohíbe por motivos de seguridad la copia del dispositivo electrónico de acceso fuera del cauce establecido, pero no especifica que el incumplimiento de dicha norma implique la no renovación de la autorización para ampliar la estancia.

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