El juez del Tribunal Supremo Ángel Hurtado ha decidido citar como investigado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, el próximo 29 de enero y a su subordinada y jefa de Madrid, Pilar Rodríguez el 30 de este mes por el delito de revelación de secretos sobre el caso de la pareja de Isabel Díaz Ayuso. Además, el magistrado, que considera apuntalada la presunta participación de ambos en la filtración del asunto, ha extendido la imputación a la mano derecha de García Ortiz en la Fiscalía, el teniente fiscal de la Secretaría Técnica, Diego Villafañe que deberá acudir al alto tribunal el 5 de febrero.

Esta última imputación la había solicitado el propio Alberto González Amador (pareja de Ayuso) por considerar que él también estuvo invulcrado en lo que denunció: que se había filtrado a la prensa una investigación que seguía contra él el Ministerio Público por un fraude a Hacienda, a pesar de que él era un ciudadano particular.

El informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que analizó el teléfono móvil de Rodríguez señaló que ésta envió todas las actuaciones sobre el caso de González Amador a Villafañe, por lo que la acusación sospecha que él pudo participar en la revelación de secretos. El juez da especial relevancia a los informes de la UCO, tanto a este como al que se hizo sobre el dispositivo de García Ortiz en el que no se encontró nada porque todos los mensajes habían sido eliminados.

«Sin entrar en consideraciones al respecto, lo que las diligencias practicadas hasta el momento apuntan, con un elevado grado de verosimilitud, es que, por ahora, hay una base indiciaria para presumir la relevante participación de este investigado [Villafañe] en esa filtración, en la medida que fue la persona que dirigió los pasos que llevaron a ella, aprovechando la situación de superioridad que ostentaba sobre otros fiscales, que se prestaron a ponerse a su disposición, y esto solo cabe entenderlo desde su posición de preeminencia por ser superior jerárquico de todos ellos», apunta el escrito del juez.

El magistrado considera que los tres fiscales pudieron «haber[se] concertado para revelar secretos o informaciones reservadas relativas a otro ciudadano de los que habrían tenido conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deberían haber sido divulgados» así que pudieron incurrir en el delito contemplado en el artículo 417 del Código Penal, el de revelación de secretos.

Ceb

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