Uno de los axiomas que se enseña en urbanismo es que los bienes y derechos de dominio público o demaniales son «inalienables, imprescriptibles e inembargables». Una máxima que se obvia en el nuevo decreto ley de medidas urbanísticas urgentes para favorecer las tareas de reconstrucción tras los daños producidos por la dana. Se trata de la «nueva» figura bautizada como «proyecto de reconstrucción local (PRL)» una «figura urbanística de «carácter excepcional» para que los ayuntamientos afectados por las riadas puedan destinar suelo dotacional a la construcción de viviendas, que desde el 2 de enero pueden ser privadas.
Explicado de manera muy sencilla, se permitirá la posibilidad de construir viviendas en suelo destinado a centros de salud o colegios, sin necesidad de modificar el Plan General de un municipio. Esta posibilidad ya existe desde 2015, aunque las viviendas que se permitían eran públicas: viviendas de protección oficial (VPO) destinadas a colectivos desfavorecidos como personas mayores, personas con discapacidad, menores de 35 años o en situaciones de vulnerabilidad, exclusión o emergencia habitacional.
Esta posibilidad urbanística ya se introdujo en 2015 en la Lotup (ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje) aprobada en 2011 por Isabel Bonig cuando era la consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente. La Lotup llegó para pacificar los años convulsos del urbanismo valenciano y simplificar el «paquete legislativo» aprobado durante la etapa de Rafael Blasco al frente de Territorio. Cuatro leyes y dos reglamentos con más de 1.183 artículos que indigestó al sector urbanístico: la Lotpp (ley de ordenación del territorio y protección del paisaje de 2004); la ley del suelo no urbanizable (2004), la LUV (ley urbanística valenciana de 2005) y la ley reguladora de los campos de golf (2006).
Los ayuntamientos podrán optar por la gestión directa (pública) o privada (promotores) de las nuevas promociones
Pero el matiz que introduce ahora la Generalitat en el decreto ley de medidas urbanísticas urgentes es que se podrán construir viviendas privadas o de renta libre en terrenos públicos. Terrenos públicos «en desuso», según la terminología usada por el Partido Popular en las medidas para fomentar la vivienda y que han publicitado como la «Declaración de Asturias» en el encuentro de líderes autonómicos que se celebra este fin de semana en Asturias y que también ha puesto en marcha el gobierno de las Islas Baleares de Marta Prohens. Aunque en la Comunitat Valenciana se justifica la medida como «novedad» para garantizar viviendas tras la dana.
Desde la Conselleria de Territorio defienden que con esta medida «el Consell ha puesto a disposición de los ayuntamientos esta figura de carácter excepcional, dada las circunstancias de la misma índole provocadas por la dana».
En la C. Valenciana se aplica con motivo de la dana pero en Baleares también lo impulsa el «Govern»
Sobre cómo se organizarán estos peculiares PRL(si por concurso, por gestión directa por los ayuntamientos o indirecta por promotores) fuentes del departamento que dirige Vicente Martínez Mus señalan que «los ayuntamientos, caso por caso, decidirán el sistema de implantación de las viviendas en estos suelos dotacionales. El concurso, la gestión directa, o la indirecta, son procedimientos factibles. Decisión discrecional del ayuntamiento, observando las circunstancias y necesidades del caso concreto».
Las diferencias entre 2015 y 2025
Figura prevista desde 2015 pero «pública»
La Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (Lotup) prevé desde 2015 la figura del «residencial dotacional (QR): viviendas destinadas a residencia permanente en régimen de alquiler, para colectivos desfavorecidos como personas mayores, discapacitadas o menores de 35 años, situaciones de vulnerabilidad, exclusión o emergencia habitacional. Incluso se prevé esta figura “con destino a edificios para residencia en situación de vivienda colaborativa de cesión de uso bajo el régimen de protección pública». Para construir viviendas dotacionales en suelo público no era necesario modificar el Plan General, según prevé la legislación valenciana desde 2015.
Desde el 2 de enero viviendas privadas en suelo público
La diferencia que aporta ahora la Generalitat en el decreto de medidas urbanísticas urgentes es que elimina la condición de «dotacional» a las viviendas que podrán construirse en suelo público. «Los ayuntamientos de los municipios afectados por la dana podrán aprobar proyectos de reconstrucción local (PRL) mediante acuerdo de Pleno adoptado por mayoría absoluta». Unos PRL que «tendrán por objeto la implantación de viviendas residenciales de nueva construcción en solares municipales vacantes no ejecutados, calificados como equipamiento». Los ayuntamientos deberán «devolver» al erario en tres años este suelo público mediante «una o varias modificaciones de planeamiento».