El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha exigido este viernes a la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA), y a su sociedad filial Canal Sur Radio y Televisión S.A. (Canal Sur) que lean la sentencia del pasado mes de julio, ante todos los espectadores del informativo de las tardes de Canal Sur. En dicha sentencia, se condenaba a la cadena pública andaluza por la vulneración de un derecho fundamental de una trabajadora.

Lo que dictaminó la sentencia

Los tribunales dictaminaron que la cadena había negado el derecho a huelga de una de sus trabajadoras del centro territorial de Córdoba durante el Día Internacional de la Mujer de 2022. Precisamente, la Confederación General del Trabajo (CGT) había convocado ese día un paro general para toda Andalucía. Sin embargo, cuando la trabajadora de Cal Sur TV Córdoba ejerció su derecho a huelga y fue sustituida por otra persona la cadena la demandó.

Ante esto, la Sala de lo Social del TSJA en julio de 2022 declaró vulnerado el derecho de huelga de la montadora de vídeo, delegada de CGT, como consecuencia del establecimiento de turnos de trabajo para el 8 de marzo de 2022. La sentencia del Supremo fue ratificada el 30 de octubre, cuando se desestimó el recurso de casación de RTVA y Canal Sur, como pedía el Ministerio Fiscal, y declara la firmeza de la sentencia ya emitida previamente.

El incumplimiento del fallo

El fallo de la sentencia para RTVA significaba que tuviera que hacer pública dicha vulneración de los derechos de una de sus trabajadoras en el Informativo de la cadena. Sin embargo, esto no sucedió del todo así. CGT advirtió el pasado diciembre que no se había cumplido el fallo puesto que Canal Sur había dado lectura al fallo en un informativo de Canal Sur TV Córdoba, de manera específica, y no al conjunto de provincias que forman la autonomía.

La cadena pública justificaba su actuación así: “Es el informativo afectado por la Huelga del día 8 de marzo de 2022 y en cuyo turno se encontraba asignada la delegada de CGT que ejerció su derecho de huelga y cuya sustitución motivó la demanda”. Lejos de estar conforme con la alegación de RTVA, el sindicato asegura que el ámbito de la huelga convocada el 8 de marzo de 2022 correspondía a la comunidad autónoma andaluza y, además, es coincidente con la celebración del Día Internacional de la Mujer. Además de esto, se aclaraba que la trabajadora afectada representante de CGT, pertenece al Comité Intercentros, por lo que “su ámbito de representación alcanza a todos los centros de trabajo”.

Se procederá a la lectura del fallo de manera autonómica

Dicho esto, la demandante está interesada en que “se prosiga con la ejecución interesada en sus justos términos y se requiera a la parte condenada a que realice la emisión en el informativo de la tarde autonómico”. La providencia del alto tribunal andaluz, contra la que cabe recurso de reposición, obliga a que se lea la sentencia por vulneración del derecho a huelga en un informativo de tarde a nivel autonómico, es decir, que sea visto por toda la comunidad andaluza.

A CGT las intenciones de RTVA no han sido buenas, así lo expresa: “La emisión exclusiva en la desconexión provincial de Córdoba supone una limitación que establece de manera interesada y unilateral la parte condenada”. De este modo, so habría aceptado el fallo de sentencia que se le interpuso. Según informa elDiario.es Andalucía, “Canal Sur ha recibido esta mañana de 10 de enero la providencia a la que se refiere y, en el CSN2 de esta noche, en cadena, se dará lectura al fallo”.

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