La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la pena de 10 años y 11 meses de prisión impuesta a un hombre por violar a su pareja en Alicante tras quebrantar la medida cautelar de alejamiento y prohibición de comunicación que tenía respecto a ella, según el fallo hecho público este jueves por el TSJ.
Los magistrados de la Sala de lo Civil y de lo Penal han desestimado el recurso de apelación formulado por el acusado y han confirmado la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante el pasado 5 de junio.
El TSJCV descarta cualquier vulneración del derecho a la presunción de inocencia del reo y señala que el tribunal sentenciador alcanzó su convicción sobre su culpabilidad como resultado de «un complejo probatorio suficiente y coherente».
La Sala de lo Civil y Penal señala en la sentencia de apelación que la declaración de la víctima durante el juicio fue totalmente verosímil y sin fisuras, y que se vio además corroborado por otras pruebas como las fotografías de las lesiones que sufrió durante la violación tomadas después por la Policía.
Hechos probados
Los hechos ocurrieron durante la noche del 23 de enero de 2023, en un domicilio de Alicante, cuando el procesado agredió sexualmente a su pareja, con la que tenía dos hijos en común, menores de edad y a la que tenía prohibido aproximarse en virtud de una medida cautelar dictada por un juzgado de Violencia sobre la Mujer de Valencia.
El fallo considera probado que esa noche, en el domicilio familiar, estando acusado y víctima en la cama de su dormitorio, donde también dormían los menores, el procesado quiso mantener relaciones sexuales, a lo que ella se negó. El hombre la agarró fuertemente del cuello hasta tal punto que no le salía la voz, se colocó sobre ella, le quitó los pantalones y la braga, propinándole golpes en el costado, penetrándola vaginalmente. Más tarde, le exigió que se pusiera a cuatro patas y la penetró analmente.
Penas
La sentencia ahora confirmada establece para el agresor una pena de 11 meses de cárcel por un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar y otra condena de 10 años de prisión por un delito de agresión sexual.
También le impone 5 años de libertad vigilada, 15 años de alejamiento y prohibición de comunicación con respecto a la víctima, y la obligación de indemnizarla con 10.400 euros por las lesiones y los daños morales.