España es uno de los países más longevos del mundo, cada vez hay más mayores de 65 años y personas que llegan a la edad de la jubilación en plenas facultades. Pero el derecho está pensado, sobre todo, para las personas como elemento productivo. Frente ello, Carlos Padrós Reig, exletrado del Tribunal Constitucional y profesor de la UAB, propone crear un corpus jurídico que reconozca específicamente los derechos de las personas mayores, tal como defiende en el libro ‘El nacimiento del derecho de las personas mayores’.
¿Por qué es necesario que tengan un derecho propio, igual que existe el derecho de los menores o el derecho medioambiental?
Las necesidades que pueden tener las personas mayores comprenden múltiples ramas del derecho, como el derecho público, el privado, el civil, el económico o el de familias. Hay tal interdisciplinariedad que propongo aprobar una ley que enuncie y recoja el derecho de los mayores, de la que luego dependan otros desarrollos o reglamentos.
¿Ya existe legislación parecida en otros países?
En los países anglosajones el derecho de los mayores puede estar algo más desarrollado, pero no tiene una visión holística, sino que está más enfocado al tema de los cuidados. En Europa está más desarrollado en Francia e Italia, que acaban de aprobar este mismo año leyes específicas sobre las necesidades de las personas mayores y sobre el envejecimiento saludable.
¿Qué aspectos tendría que recoger el nuevo derecho?
Será un derecho de construcción progresiva; pero el fundamento tiene que ser reconocerles su entidad como personas, un reconocimiento humanista, porque tenemos un sistema jurídico que tiende mucho a concentrarse en las personas como elemento productivo, pero tenemos que superar eso y ver a las personas mayores con un carácter más humanista.
Multiplicamos por 10 el gasto sanitario respecto al gasto en dependencia, pero si se gastara más en dependencia, tal vez ahorraríamos en sanidad
Pero una vez reconocida su entidad, como sujetos que tienen derechos, ¿qué otros ámbitos habría que regular?
Uno muy importante es el sistema de salud, que está pensado para enfermedades agudas, no para un proceso de envejecimiento, deberíamos tener una medicina de mayores. Y necesitamos un cambio de paradigma entre lo que gastamos en dependencia y en sanidad. En 2023 se invirtieron unos 10.000 millones de euros en dependencia y 94.000 en sanidad. Multiplicamos, por tanto, por 10 el gasto sanitario respecto al de dependencia, que podría verse como un gasto preventivo. Si se invirtiera más en dependencia, tal vez ahorraríamos en sanidad.
¿Las listas de espera para acceder a la ley dependencia vulneran los derechos de los beneficiarios?
En cierta manera sí. No hablaría tanto de vulneración porque no hay una actuación deliberada, pero esto demuestra que la legislación, por sí sola, no basta y hacen falta medios humanos y materiales. En España tendemos a caer en el ‘normativismo mágico’ y las políticas públicas son más complejas.
Otra ley que les afecta es la ley de igualdad de trato, que reconoce la no discriminación de las personas mayores. ¿Es suficiente?
La ley está muy bien, pero el peso de la aplicación recae en el que sufre la discriminación. Pero hay micro discriminaciones o colectivos que no tienen acceso a la justicia, y por eso creo que haría falta un defensor de la igualdad que tenga un papel más activo, de forma que no recaiga todo el peso de la aplicación sobre el particular.
Algunas discriminaciones se producen porque el derecho no contempla a los mayores como hecho jurídico
Hay quien podría pensar que si ya existe la ley de igualdad, no es necesario aprobar un derecho específico de los mayores. ¿Por qué es necesario?
La no discriminación es un elemento imprescindible para colocarnos en un plano de igualdad. Veníamos de una situación de discriminación, que con la ley se corrige y nos ponemos en el punto 0. Pero hay que ir más allá, porque algunas discriminaciones se producen porque el derecho no contempla a los mayores como hecho jurídico.
¿Los abuelos actualmente tienen derechos sobre custodias o cuidados de los nietos?
En general diría que no y es uno de los grandes campos donde tiene que avanzar el derecho civil, que casi siempre está pensado para una relación vertical entre padres y descendientes. Y si los abuelos han tenido un papel determinante en la crianza de los hijos, también tienen que tener algún papel en casos de separación de la pareja o de fallecimiento de alguno de los progenitores.
«Hay que reforzar los derechos de los abuelos en casos de separación o fallecimiento de los progenitores»
¿Qué opina de la jubilación forzosa en un mundo con más esperanza de vida y en el que cada vez más personas llegan a la edad del retiro en plenas facultades?
La jubilación hay que entenderla como un derecho del trabajador, pero a esto se le ha dado la vuelta y en algunos casos se ha convertido en una obligación y abrupta. Todo esto hay que repensarlo porque el envejecimiento es un proceso, por lo que hay que hacer la jubilación más flexible, de forma que si alguien, voluntariamente, en una determinada profesión tiene plenas facultades y quiere seguir trabajando, es absurdo que se lo impidamos porque ha cumplido determinados años.
¿Qué derechos contemplaría para los mayores en el ámbito financiero?
Una autorregulación por parte de las entidades financieras porque determinados productos de riesgo no son adecuados para determinado perfil de clientes. Por ejemplo, para una persona de 90 años no parece adecuado ofrecerle un producto con vencimiento a los 15 años. Podría haber un defensor de las personas mayores dentro de las entidades que vea sus necesidades específicas.
¿Ser mayores les hace más vulnerables?
No siempre. Alguien puede ser vulnerable sin ser mayor y viceversa. Es un prejuicio asociar la edad, que es un proceso, a la vulnerabilidad, la enfermedad y la fragilidad. Depende de cada persona. Alguien puede ser muy vulnerable con 50 y estar estupendamente con 80 años y a la inversa.
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