La Audiencia Provincial de Madrid ha puesto fin a la última de las querellas por la Operación Cataluña que se interpusieron alentadas por el éxito que supuso la admisión a trámite de la interpuesta por el expresidente del Barça Sandro Rosell, que este miércoles compareció en la comisión de investigación abierta en el Congreso de los Diputados. Se trata de la interpuesta por el exCEO de la Banca Privada d’Andorra (BPA) Jean Paul Miquel que se consideraba víctima de una campaña de amenazas y extorsión que concluyó con la intervención de la entidad por las autoridades andorranas y de su filial Banco de Madrid.
La Sección Primera de la Audiencia madrileña ratifica el archivo acordado en mayo por el Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid al considerar que Miquel no aporta más pruebas de los hechos que denuncia que las manifestaciones del excomisario José Manuel Villarejo en medios de comunicación. De hecho la querella de Rosell fue archivada, porque el policía solo declaró generalidades ante el juez instructor muy alejadas de lo dicho públicamente, lo que impedía avanzar en la investigación.
El auto al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO afirma que «ante la ausencia de indicios suficientemente sólidos como para sostener la apertura de un procedimiento penal», puesto que se basa «en afirmaciones periodísticas y realizadas en medios de comunicación», por lo que «no cabe sino ratificar la resolución de sobreseimiento decretada».
Explica que «la posterior intervención de BPA y Banco Madrid y la adopción de la medida de prisión del querellante» Joan Paul Miquel, «implican para este el cumplimiento de las amenazas que los cargos policiales le habían realizado y afirma que traen causa de no haber aportado los informes que le requerían»sobre destacados políticos independentistas, como los Pujol o el flamante presidente de ERC, Oriol Junqueras.
«Tanto el relato de hechos en el que refiere las amenazas como las consecuencias descritas exceden ampliamente de la conclusión y vinculación de hechos que expone el querellante, por su magnitud y por la complejidad de las investigaciones y hechos y organismos que determinaron la intervención de las entidades bancarias y la adopción de las medidas cautelares personales adoptadas frente a aquel», argumenta la Sala.
Sobre todo porque la intervención de la entidad «dependía de la fiscalización de organismos y entidades diversos e incluso internacionales», mientras que su ingreso en prisión fue «una decisión de carácter judicial y realizada en el desarrollo de un procedimiento penal». «Difícilmente», afirma la Audiencia puede su encarcelamiento con «una detención ilegal», como pretende la querella.
Además, las actividades que según el querellante suponían «gastos de dinero público no justificados» y el resto de manifestaciones que recoge en la querella «no resultan ni indiciariamente probadas, ni subjetiva ni objetivamente, con aportación de prueba alguna de naturaleza objetiva, sustentándose como mero apoyo en opiniones y contenido de artículos periodísticos, y en manifestaciones y grabaciones públicas y reiteradas de Villarejo».
El querellante se limita a aportar una grabación de uno de los querellados que «resulta vaga e insuficiente como para tener un valor probatorio que justifique la admisión de la querella y la investigación judicial de los hechos». Y eso no se subsana ni en el escrito de ampliación del recurso, «donde solamente se añaden y aportan nuevos artículos periodísticos para corroborar lo afirmado en la querella».