El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado este miércoles por asentimiento un informe en el que valida en términos generales el Anteproyecto de nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, una norma clave que cambiará la forma en la que se investigan los delitos penales en nuestro país atribuyendo la instrucción que hasta ahora realizaban los jueces a los fiscales.
Entre las advertencias que se hacen desde el órgano de Gobierno de los jueces destaca la exigencia de que este cambio no se realice si no se aborda antes una reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dirigida a fortalecer la independencia de los fiscales.
La aprobación del informe supone un impulso para la tramitación parlamentaria de un proyecto definitivo que lleve finalmente a su aprobación, tras intentos fallidos anteriores con los textos elaborados con objetivos casi idénticos en las etapas del socialista Francisco Caamaño y el popular Alberto Ruiz-Gallardón.
El proyecto actual, elaborado durante el mandato del hoy magistrado del Tribunal Constitucional Juan Carlos Campo es una prioridad del Gobierno. Su aprobación fue requerida de urgencia por el propio Bolaños a principios del mes de abril, tras reconocer públicamente en un Consejo de Ministros celebrado semanas antes su intención de impulsar la reforma que nos asemeja a la forma de investigar delitos de los países de nuestro entorno y que su antecesora en el cargo, Pilar Llop, mantenía guardado en un cajón.
En la votación realizada este miércoles por el Pleno del Consejo no ha participado en la votación la vocal Inés Herreros, puesto que en su día intervino en la elaboración del informe que el Consejo Fiscal emitió sobre esta misma materia, muy crítico con el proyecto. El texto, de 580 páginas y carácter muy técnico, es básicamente el que dejó en ‘herencia’ el anterior Consejo, que no llegó a aprobarlo, al que se han hecho unos añadidos en un anexo que contienen correcciones formales y actualizaciones en relación con las reformas legislativas de la LECrim posteriores a la finalización del informe.
La atribución de la instrucción a las Fiscalías obliga a crear la figura del juez de garantías -para controlar las decisiones que afecten a derechos fundamentales de los investigados- que ya funciona en procedimientos como los que investiga la Fiscalía Europea. A este respecto informe subraya la base constitucional del esquema que «sitúa al juez en su genuina función de garantía, además de su función constitucional de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado y atribuye la dirección de la investigación a una autoridad pública distinta, pero dotada de las garantías institucionales requeridas para la salvaguarda de las garantías de los derechos constitucionales, cuya actuación ha de estar sujeta al control jurisdiccional».
Aleja dudas de inconstitucionalidad
El informe señala «la atribución al fiscal de la dirección de la investigación penal, estatuyendo mecanismos de control judicial y de garantía de derechos fundamentales, entra dentro de lo constitucionalmente posible«. Como ejemplo, apunta «no parece que se ciernan dudas de inconstitucionalidad sobre las competencias instructoras del Ministerio Fiscal en la jurisdicción de menores», que ya es una realidad desde hace muchos años.
No obstante, matiza que esté nuevo modelo procesal penal en el que la Fiscalía es «la clave de bóveda de la fase de instrucción» sólo puede ponerse en marcha si con carácter previo «se aborda una ambiciosa reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) que enfatice y fortalezca la garantía institucional de la independencia del Ministerio público».
El texto, también alude a la posibilidad de que la ley limite la actuación de las acusaciones populares a determinados delitos, como son los referidos la ordenación del territorio, contra el mercado, la financiación ilegal de partidos, delitos de corrupción como el tráfico de influencias, cohecho o malversación, así como delitos de odio, terrorismo y la rebelión.
A esto hay que sumar que el juez puede «controlar la legitimidad y regularidad de los acusadores populares, evitando los excesos o abusos en el ejercicio de la acción popular como la que ahora protagoniza causas de gran impacto político como son el caso Koldo y los abiertos contra la mujer y el hermano del presidente del Gobierno.