El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de cinco años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial a un vecino de Castellón que abusó de su hijastra de 12 años (y confirmada posteriormente por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana)
El condenado, de 53 años, convivía con su entonces pareja y la hija de esta en el año 2018. Así las cosas, y a partir de mediados de ese año, la progenitora empezó a dejar a su hija bajo el cuidado de su novio. Este último, aprovechando la ascendencia que tenía sobre la niña, y en los momentos en que se quedaba a solas con la menor, de una forma continua, se acercaba a ella con la excusa de jugar y hacerle cosquillas.
Acto seguido, según declaró probado el máximo órgano provincial, dirigía sus manos hacia los genitales de la niña y la tocaba, en los primeros encuentros por encima de la ropa, y en otras ocasiones, metiendo la mano por debajo de la ropa. Además, en alguna ocasión, le dijo a la menor «¿ cómo me vas a dejar así?», pidiéndole que le dejara besarla en los labios y hacerle distintas prácticas sexuales, a lo que la pequeña se negó.
La sentencia de primera instancia también consideró probado que el padrastro rozaba su miembro contra la niña, sentando a la menor encima de él para satisfacer su ánimo libidinoso.
Dichas acciones se llegaron a repetir con una frecuencia de tres ó cuatro veces por semana, cuando la madre de la menor se encontraba ausente.
Además de los cinco años de cárcel, la Audiencia le impuso la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio durante diez años.
Los magistrados de Castellón lo condenaron también a la pena de libertad vigilada de diez años, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad.
Indemnización de 10.000 €
Por lo que respecta a la responsabilidad civil, el agresor fue sentenciado a pagar a la víctima una indemnización de 10.000 euros por los daños morales, así como de hacerse cargo de las costas del proceso, incluidas las de la acusación particular. Frente a esta nueva sentencia condenatoria por abusos continuados, ya no cabe recurso alguno.
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