La asociación Liberum, personada en el procedimiento abierto en el Tribunal Supremo contra el exministro José Luis Ábalos por el caso Koldo ha reaccionado ante la decisión del instructor Leopoldo Puente de prohibirles junto al resto de acusaciones populares, con excepción del PP, asistir a las declaraciones de los investigados y testigos que puedan ser citados ante el alto tribunal. Es lo que ocurrió este jueves con respecto a la comparecencia del actual diputado del grupo mixto, José Luis Ábalos, a lo que se suma la negativa del magistrado a enviarles las notificaciones de las diferentes decisiones que adopte en este procedimiento.
Por esta razón, los abogados Alexis Anea e Inmaculada Jaén han presentado un escrito de queja ante el Consejo General del Poder Judicial señalando que la decisión de Puente, que éste les comunicó verbalmente momentos antes de la declaración de ábalos «supone de facto la abolición del artículo 125 de la Constitución Española», que es el que reconoce la figura de la acción popular.
Consideran que excluir a las acusaciones populares de asistir a las comparecencias de los investigados y testigos, «ya sea en otra sala o mediante una pantalla«, así como a no recibir las notificaciones emitidas por el órgano judicial que investiga a Ábalos, a su asesor Koldo García y también a los presuntos integrantes de la trama corrupta liderada por el comisionista Víctor de Aldama les impide el «libre ejercicio de la profesión de la abogacía». Solicitan por ello al órgano de Gobierno de los Jueces que lleve a cabo las «actuaciones necesarias» para que las decisiones del Supremo sean corregidas.