Una sentencia de la Audiencia de Palma pone en duda que sea efectivo el programa para que una pareja separada mejore sus relaciones, sobre todo por el bien de los hijos en común. Y bajo este criterio anula la obligación, teniendo en cuenta la oposición del varón, a que la pareja tenga que acudir obligatoriamente a este tratamiento específico, que está dirigido por un psicólogo especializado.

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