BAJAS LABORALES MUTUAS | Las «flaquezas» en la ley sobrecargan de bajas laborales la atención primaria

Cuando un trabajador sufre alguna contrariedad durante el ejercicio de su actividad profesional que repercuta en su salud, es la mutua de su empresa la encargada de gestionar la manutención del empleado damnificado; tanto su atención médica como la cobertura económica de su baja laboral. En este caso, es la aseguradora la que tendrá que abonar de forma íntegra la prestación, que la normativa cifra en el 75% del salario del trabajador desde el primer día de incapacidad temporal.

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