La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado el fallo de la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña en el que le impuso una pena de once años y tres meses de cárcel a un hombre por considerar probado que cometió un delito de agresión sexual, con las circunstancias agravantes de parentesco y género, y un delito de maltrato de género, con la agravante de cometerse en el domicilio común, sobre su pareja sentimental.
Los magistrados, por tanto, han desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa del procesado, al considerar que existen pruebas suficientes de su autoría. Además, subrayan que la declaración de la víctima cuenta con corroboraciones periféricas.
Los hechos se produjeron en A Coruña después de que ambos iniciasen una relación en 2019. Tras convivir juntos un tiempo, ya en 2020 y, ante la negativa en agosto de ese año de ella a la propuesta de mantener relaciones sexuales, él, declaró probado el fallo, la introdujo a la fuerza en una habitación, la golpeó y la agredió sexualmente.
La mujer, tras lo sucedido, salió del domicilio y avisó a una amiga, además de alertar a una patrulla de la Policía Nacional que estaba en la zona.