El Ministerio de Sanidad ha decidido no recurrir el auto de la Audiencia Nacional de suspensión cautelar de la orden ministerial que restringe la realización de cirugías estéticas a profesionales con formación especializada. Una decisión, señala, que se basa en las recomendaciones de la Abogacía del Estado, que busca concentrar los esfuerzos en la defensa del juicio contencioso administrativo «para abordar el fondo del asunto».
La Audiencia Nacional daba a conocer hace apenas unos días que suspendía la orden ministerial que limitaba las operaciones de cirugía estética a los profesionales con formación especializada. En su auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima la petición de la Sociedad Española de Cirugía Estética (SECE) y un particular, que habían pedido que se suspendiese la orden de forma cautelar.
Los magistrados explicaban que la normativa aprobada el pasado mes de septiembre viene a modificar el anexo del Real Decreto 1277/2003 que establece las bases generales sobre autorización de centros servicios y establecimientos sanitarios y señalaban que el fin de esta orden es impedir o dificultar el ejercicio profesional en la Unidad U-47 a titulados en medicina y cirugía que no sean especialistas, lo que no estaba contemplado en el Real Decreto, pues no contenía previsión alguna sobre competencias profesionales.
Especialidad adecuada
El departamento que dirige Mónica García señala ahora que trabaja en nuevas medidas regulatorias dotadas de la mayor seguridad jurídica para que el ejercicio profesional de la cirugía estética sea realizado por médicos con la especialidad adecuada. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba el pasado 21 de septiembre la orden ministerial de modificación del anexo II del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Esta orden pretende garantizar que los procedimientos sean realizados exclusivamente por profesionales con la formación y titulación adecuadas respondiendo así a una creciente demanda social y sanitaria para que se controle mejor esta actividad ante la proliferación de centros en un sector que ha experimentado un enorme crecimiento en los últimos años.
Además, actualiza la definición de la Unidad Asistencial de Cirugía Estética, que aparece en el anexo II del Real Decreto 1277/2003, y que engloba todas las actividades y procedimientos relacionados con la cirugía estética y se establecen las bases sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Las alternativas
El Ministerio está ahora trabajando en otras alternativas regulatorias dotadas de mayor seguridad jurídica, distintas de la orden ministerial recurrida, con el objetivo de que el ejercicio profesional de la cirugía estética se limite a médicos con la especialidad en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora y a aquellos con otra especialidad quirúrgica o médico-quirúrgica que incluya competencias en cirugía estética en su programa formativo oficial.
La lucha contra el intrusismo profesional dentro de la medicina es un compromiso del Ministerio de Sanidad, que «continuará trabajando para garantizar que este tipo de intervenciones sean realizadas exclusivamente por profesionales con la formación específica y titulación adecuadas y en áreas que estén directamente relacionadas con su especialidad médica». Responde además, añade este departamento, a la Proposición no de Ley sobre Cirugía Estética y Lucha contra el Intrusismo y las Pseudociencias, aprobada el 15 de septiembre de 2022 por el Congreso de los Diputados.