1. “Posible indemnización por los daños sufridos”
  2. Gastos por hospitalizaciones y asistencia médica
  3. Desglose de gastos del ISFAS
  4. El teniente presentó un gasto anual de 2.390 euros
  5. Prestaciones complementarias
José Manuel Candón, cuando estuvo ingresado tras el accidente.

El teniente de Infantería de Marina retirado José Manuel Candón Ballesteros recibió hace unos meses la notificación de que el Ministerio de Defensa había rechazado pagarle una indemnización en concepto de responsabilidad patrimonial, por las secuelas físicas que sufre desde la explosión accidental de una mina durante un ejercicio de desactivación de explosivos en la Academia de Ingenieros del Ejército, en Hoyo de Manzanares (Madrid).

La explosión mató en febrero de 2011 a cinco militares: los sargentos 1º Sergio Valdepeñas Martín Buitrago y Mario Hernández Mateo y el cabo Miguel Ángel Díaz Ruiz, del Ejército de Tierra, y el sargento 1º Víctor Manuel Zamora Letelier y el cabo 1º Javier Muñoz Gómez, de Infantería de Marina.

Resultaron gravemente heridos el teniente Candón y el brigada Raúl Alfonso González Fernández, y sufrió heridas leves el cabo 1º Herminio Álvarez Gómez, los tres de Infantería de Marina.

Todos ellos se preparaban para ser desplegados en la misión de la ONU en el sur de Líbano, como personal EOD, desactivadores de explosivos.

“Posible indemnización por los daños sufridos”

La investigación judicial sobre este accidente mortal se archivó, pero el Tribunal Militar Territorial Primero decidió en un auto de junio de 2022 deducir testimonio de particulares y remitirlo a la ministra de Defensa “por si, a la vista de los hechos probados, considera pertinente iniciar los trámites legales pertinentes para la posible indemnización a las víctimas por los daños sufridos en el accidente investigado en la presente causa, por la vía de la responsabilidad patrimonial de la Administración”.

El teniente Candón por su cuenta presentó en el Ministerio de Defensa una reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios que sufrió como consecuencia del accidente.

Aunque el instructor del expediente planteó en un inicio estimar parcialmente la reclamación, la resolución final fue desestimatoria. Rechazó abonar una indemnización por responsabilidad patrimonial al teniente herido en el accidente, alegando que se tenía que aplicar el principio de “cosa juzgada” -de acuerdo con un dictamen del Consejo de Estado-, y tampoco aceptó pagar para resarcir los posibles daños morales, “toda vez que dicha opción indemnizatoria supondría un quebranto económico al tesoro público”.

La ministra, Margarita Robles, firmó esa resolución, “conforme” con los términos propuestos por la subdirectora general de Recursos e Información Administrativa del Ministerio de Defensa, la general auditor María Eugenia Ruiz Hernández.

Gastos por hospitalizaciones y asistencia médica

En el documento, el Ministerio de Defensa argumentó que ya había resarcido económicamente a este teniente retirado de Infantería de Marina: “Debe destacarse la variedad y cuantías de los diferentes conceptos reconocidos y abonados al reclamante”.

Por un lado, le paga “percepciones periódicas”, como la pensión extraordinaria de retiro por insuficiencias de condiciones psicofísicas en acto de servicio; por otro, le ha abonado cantidades de pago único.

Entre esas cantidades de pago único, Defensa citó la siguiente:

— “Todos los gastos derivados de sus hospitalizaciones y asistencia médica han sido cubiertos por ISFAS, que por prestaciones en diversos conceptos (farmacéuticas, orto-protésicas y asistenciales) ha abonado la cantidad de 9.100,36 euros”.

Desglose de gastos del ISFAS

Confidencial Digital ha podido saber que, a raíz de esa resolución, el teniente retirado Candón envió una solicitud al Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), el organismo que gestiona la prestación sanitaria de los militares, a semejanza de Muface para otros funcionarios de la Administración General del Estado.

La cantidad indicaba por Defensa como gastos médicos derivados del accidente, que habían sido cubiertos por el ISFAS, no le cuadraba, así que pidió que le mandaran un desglose de esos gastos.

Respondió a su solicitud la subdirectora general de Prestaciones del ISFAS, la coronel médico Ana Betegón, que le remitió un documento con esas prestaciones desglosadas.

Esos 9.100,36 euros que Defensa esgrimió estaban desglosados en los siguientes conceptos:

Ayuda económica por desplazamiento interprovinciales: 3.246,65 euros.

Hospedaje, alimentación y transporte de un acompañante: 2.911,90 euros.

Ortoprótesis en acto de servicio: 1.120,00 euros.

Farmacia en acto de servicio: 312,49 euros.

Prestación farmacéutica (desde 2012 hasta julio de 2024): 630,32 euros.

Prestaciones complementarias (2012-2024): 979 euros.

El teniente presentó un gasto anual de 2.390 euros

Fruto de la explosión del material con el que iban a practicar la desactivación de explosivos, José Manuel Candón sufrió unas heridas muy graves.

Estuvo hospitalizado durante meses, tuvieron que someterle a numerosas intervenciones quirúrgicas, y quedó con secuelas graves: por ejemplo, perdió un ojo y parte de la visión del otro, de ahí que tenga reconocida la prestación por gran invalidez.

Cuando el teniente Candón presentó la reclamación de responsabilidad patrimonial, indicó que él incurre en “un gasto anual de 2.390 euros en productos farmacéuticos y medicamentos no reembolsables por el ISFAS (parche oftálmico, cremas oculares, lágrimas artificiales)”.

Acreditó ese gasto con una resolución de la Subdirección General de Recursos del Ministerio de Defensa, de fecha 20 de mayo de 2020, en la que, ante la petición de cobertura de estos costes, le respondieron asegurando que distintos medicamentos y productos tenían carácter no reembolsable.

Candón denuncia que el Ministerio de Defensa incluyó en esos 9.100,36 euros, esgrimidos entre otras cantidades para justificar que ya ha recibido suficientes compensaciones económicas, partidas que no tienen que ver con su accidente.

Señala que sólo están vinculadas directamente a los daños sufridos por la explosión de Hoyo de Manzanares dos partidas: la ortoprótesis en acto de servicio, que es el ojo de cristal que le colocaron para sustituir el globo ocular que perdió (1.120,00 euros), y los gastos de “farmacia en acto de servicio” (312,49 euros).

Al recibir la respuesta del ISFAS, comprobó con sorpresa que el Ministerio de Defensa utilizara en sus argumentos una cifra, más de 9.000 euros, en la que están incluidos conceptos que no están relacionados con el accidente.

Si este militar no hubiera sufrido la explosión de la munición en el ejercicio de desactivación de explosivos en febrero de 2011, y hubiera continuado su carrera militar de forma normal, todos estos años transcurridos habría seguido siendo afiliados del ISFAS, y por lo tanto habría recibido atención médica por asuntos ordinarios.

Prestaciones complementarias

También vio con estupor que en esos 9.000 euros se hubiera incluido un concepto de “Prestaciones complementarias”.

La Resolución 4B0/38008/2014, de 15 de enero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre Cartera de Servicios de Asistencia Sanitaria del ISFAS, recoge en el Anexo V las “prestaciones complementarias”.

Son las prestaciones dentarias (fundas, coronas, empastes, endodoncias, limpieza bucal…), las prestaciones oculares (gafas, lentillas) y otras ayudas técnicas como audífonos, cánulas…

Así que el teniente Candón teme que se hayan incluido los gastos en dentista y las ayudas para gafas que hayan podido recibir él, su mujer y sus hijos, cubiertos por el ISFAS como familiares de militar.

Añade que considera reducidas las cantidades que se le habrían pagado por ayuda al desplazamiento, y de hospedaje, alimentación y transporte de su acompañante, por las muchas veces que tuvo que trasladarse a Madrid, y el tiempo que pasó ingresado en el Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla.

En cualquier caso, considera que los gastos que le hubieran podido abonar por esos conceptos, no compensan el daño sufrido: tan sólo cubre (en parte) el coste que tuvo que afrontar su familia en esos momentos.

Además, esas ayudas de desplazamiento para el afectado se abonan a cualquier militar, afiliado a ISFAS, que deba viajar para recibido atención médico: de nuevo, señala que no son cuantías que correspondan totalmente a los daños, secuelas y consecuencias del accidente de Hoyo de Manzanares.

Sobre los 312 euros de “farmacia en acto de servicio” incluso la otra prestación farmacéutica de 630 euros, asegura que los tratamientos farmacéuticos que sigue teniendo que aplicarse por las secuelas le cuestan entre 200 y 250 euros al mes, que paga de su bolsillo y no le cubre ISFAS. Por tanto, en todos estos años la cantidad acumulada ampliamente las cifras desglosadas por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas.

El teniente José Manuel Candón critica que en la resolución del Ministerio de Defensa no sólo incluyeron estos gastos del ISFAS, que considera ajenos, sino también la cantidad que recibió por el rescate del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado, que cubre a los militares.

De nuevo, señala que ese dinero no supone ningún tipo de compensación. Todos los militares van capitalizando ese plan de pensiones, y lo pueden cobrar cuando pasan a retiro. Por ello cree que no se puede conceptuar como prestación para indemnizar los daños del accidente en concepto de responsabilidad patrimonial.

Algunos de los medicamentos que consume el teniente Candón.
Algunos de los medicamentos que consume el teniente Candón.

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