La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador al Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de España, (CGCOF) y a los Colegios Oficiales de Farmacéuticos (COF) de Álava, Burgos, Córdoba, Guipúzcoa, León, Pontevedra, Santa Cruz de Tenerife, Toledo, Valladolid, Vizcaya y Zaragoza, por recomendar a los farmacéuticos a usar determinadas aplicaciones digitales de logística farmacéutica para, entre otras funciones, controlar el desabastecimiento de medicamentos.
En concreto, se trata de las aplicaciones digitales CisMED y FarmaHelp, que el Consejo General las habría incluido en una recomendación colectiva (comunicados, circulares, etc.) a través de, al menos, los once colegios provinciales citados, cuando el propio CGOF es el impulsor de dichas herramientas digitales. «Existen otros competidores que ofrecen aplicaciones similares (como LudaFarma), cuya implementación y desarrollo se habría visto afectada por la recomendación colectiva», afirma la CNMC.
Defensa del Consejo
El Consejo General de Colegios Farmacéuticos defiende en un comunicado que las dos citadas aplicaciones son «herramientas voluntarias, colaborativas, gratuitas y sin ánimo de lucro» desarrolladas por la Organización Farmacéutica Colegial para «ayudar a paliar los problemas de suministro de medicamentos y ofrecer soluciones a los pacientes».
Y ha insistido en que «no ha participado en ninguna conducta que sea contraria a la competencia», sino que su único objetivo al dar a conocer las aplicaciones para que los farmacéuticos tuvieran soluciones «desde la profesión farmacéutica en el contexto de los problemas de suministro de medicamentos y para ayudar a los pacientes a encontrar sus medicamentos».
«Siempre lo ha hecho de manera totalmente altruista y voluntaria y bajo un modelo de colaboración entre las distintas farmacias, desde su vocación asistencial como profesionales sanitarios, siempre en beneficio de los pacientes», añade la citada nota.
Denuncia de la competencia
La investigación tiene su origen en la denuncia que presentó, precisamente, la compañía propietaria de otra aplicación similar, Luda Partners, contra el CGCOF y varios colegios, por prácticas anticompetitivas. Y a partir de ahí, la CNMC decidió inspeccionar la sede del CGCOF y abrir este expediente.
En cualquier caso, el superregulador recuerda que la incoación de un expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. El organismo regulador tiene ahora un periodo máximo de 24 meses para su instrucción y resolución.