El Ministerio de Hacienda ha extendido a los jubilados de otros sectores las deducciones fiscales en el IRPF a las que, según una reciente sentencia del Tribunal Supremo, tienen derecho los profesionales del sector bancario por las cotizaciones aportadas en las mutualidades laborales, antes de la creación del sistema actual de Seguridad Social en 1978. Así lo ha reconocido la Dirección General de Tributos a una consulta de CC OO, según informó «La Opinión de Murcia», del mismo grupo editorial que LA NUEVA ESPAÑA. La medida podría beneficiar a miles de pensionistas en Asturias, sobre todo los de la industria y la minería, sectores preponderantes en la región en aquellos años. Según fuentes sindicales, existe un «aluvión» de consultas para acceder a dichas deducciones. Hasta 1967, los trabajadores españoles garantizaban su pensión mediante las aportaciones a las mutualidades laborales, corporaciones de derecho público tuteladas por el Ministerio de Trabajo. Dichas cuotas tributaban en el Impuesto de la Renta al 100%. Entre 1967 y 1978 funcionaron como entidades gestoras de la Seguridad Social, y ahí las aportaciones sí se consideraron gastos deducibles. En ese lapso, las mutualidades convivieron con el incipiente sistema de Seguridad Social, que se convertiría en definitivo en 1978, cuando se inició el modelo de cotizaciones que existe hoy.

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