La Audiencia de Palma ha condenado a cuatro años y medio de prisión al patrón de una patera que arribó a aguas de Cabrera a finales de septiembre de 2023 con diez personas a bordo sin ninguna medida de seguridad y que era la segunda vez que llegaba a Mallorca con una embarcación precaria.
La pericia del sospechoso a los mandos de la barca sorprendió a la Guardia Civil que acudió de madrugada a su interceptación. El hombre, de 32 años y origen argelino, trató de escapar de los agentes realizando maniobras evasivas, en zig-zag, y haciendo quiebros en el mar, que pusieron en peligro la vida de los tripulantes.
No era la primera vez que entraba de forma irregular en España. Según la sentencia, el acusado llegó en otra ocasión en patera y le constaba un expediente de expulsión incoado el 17 de junio de 2020, así como una prohibición de entrada en territorio Schengen expedida por las autoridades alemanas desde el 23 de mayo de 2023 hasta el 23 de mayo de 2026. Así pues, no podía entrar en España.
El encausado admitió en el juicio que, tres años antes, el pasado 17 de junio de 2020 llegó a España en patera. De hecho, al analizar su teléfono móvil, la Policía Nacional descubrió que guardaba una noticia de ese día relacionada con la llegada de una embarcación tipo patera a Mallorca. Este archivo fue reconocido por el sospechoso, quien migró luego a Alemania. Tres años después, las autoridades germanas lo expulsaron a Argelia desde Alemania. Según su versión, no sabía que tenía prohibido entrar en España, ya que pensaba que la prohibición solo era de Alemania. El joven aseguró que había regresado de nuevo a las costas de Baleares «porque tenía problemas en Argelia».
El tribunal de la sección primera ha rechazado imponerle la pena mínima al valorar que no era la primera vez que accedía a España irregularmente y, además, contaba con una prohibición de entrada que, «aunque niega conocer, no es creíble».
La sala considera al sospechoso, que está preso desde finales de septiembre de 2023, autor responsable de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. La Audiencia Provincial aplica el subtipo agravado por la gravedad de los hechos y por haber puesto en peligro a los ocupantes de la patera.
«Por las condiciones de la embarcación, el elevado número de personas que iban en la misma, la ausencia de chalecos y medidas de seguridad y salvamento y el hecho de que la embarcación tuviera que ser rescatada, la aplicación del tipo agravado resulta evidente», concluye el tribunal.
La sentencia subraya que la nave era pequeña, de seis metros de eslora; solo disponía de un motor; los viajeros iban hacinados; llevaban bidones de combustible y no portaban elementos de protección ni de petición de auxilio como bengalas, radio u otro sistema análogo. Por tanto, queda acreditado que la travesía supuso un peligro para la vida de los tripulantes.
Sin embargo, la sala considera que no ha quedado probado que el acusado cobrara por realizar este viaje ni que lo hiciera en connivencia con otras personas de Argelia, «pues se carece de prueba alguna al respecto».
La fiscalía solicitaba para el patrón seis años de cárcel, mientras que la defensa, su libre absolución.
Según se declara probado en la sentencia, el 27 de septiembre de 2023, pasadas las siete y media de la mañana, el hombre, de común acuerdo con otra persona no enjuiciada, manejaba una embarcación precaria tipo patera con casco de fibra procedente de Argelia, provista de un único motor fuera borda, con diez personas a bordo, todas ellas varones de origen argelino. La nave se adentró en las costas españolas infringiendo la ley hasta que fue interceptada por Salvamento Marítimo a unas millas náuticas de Cabrera.
La travesía duró unas 24 horas desde la provincia de Boumerdés (Argelia) hasta las costas de Baleares. La barca no cumplía los estándares de seguridad marítima internacionales, sobrepasando en exceso su capacidad, sin medidas de seguridad y sin suficientes víveres y agua. Además, llevaban a bordo entre 450 y 500 litros de combustible.
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