La Justicia ordinaria -y no la divina- ha evitado que el padre Óscar (Lima, 1952) se siente en el banquillo de los acusados para responder por un delito de abusos sexuales. EL ESPAÑOL ha accedido en exclusiva al auto del Juzgado de Instrucción número 7 de Getafe que establece el «archivo» de las diligencias judiciales abiertas contra este religioso, a raíz de que una ciudadana latinoamericana le denunciase en una Comisaría de Cartagena, asegurando que alquilaba habitaciones a mujeres con el objetivo de abusar de ellas.

La denunciante estaba en situación irregular en el país y había sido acogida por las Hermanas Trinitarias después de trasladarse desde el Campo de Cartagena hasta Madrid, para buscar empleo en el sector audiovisual donde había trabajado en América del Sur. Esta mujer se convirtió en la inquilina del padre Óscar, debido a que este religioso ofertaba el alquiler de una de las habitaciones de su piso de Getafe, a través de un grupo de WhatsApp de oración cristiana.

El mensaje de WhatsApp era escueto y advertía de que su jubilación era el motivo por el que este cura peruano arrendaba una habitación de su pequeño piso de Getafe, tras concluir el grueso de su carrera en la Diócesis de Toledo: Se alquila habitación para compartir con un cura pensionista’. De forma que esta mujer aceptó convivir con el religioso, a cambio de un módico alquiler de 250 euros mensuales.

Esta mujer relató en sede judicial que empezó a sentirse víctima de supuestos episodios de acoso y abuso sexual, en cuanto comenzó a ayudar al cura, de 68 años, en los quehaceres diarios de la vivienda que ambos compartían en Getafe: «El problema es que al ponerme a cocinar comenzaba a darme besos y abrazos».

«Al principio, no le daba importancia porque pensaba que lo hacía porque él estaba feliz. Pero más adelante, mientras cocinaba, me abrazaba por detrás y empezaba a sentirme incómoda, porque eran muchos abrazos», según expuso la mujer. «Se lanzaba a darme besos en la mejilla, y le dije que por favor, que no eran necesarios tantos besos ni abrazos porque nos veíamos todo el día».

El salón del piso que alquila el cura jubilado en Getafe.


El salón del piso que alquila el cura jubilado en Getafe.

Cedida

Esta inmigrante latina -en situación irregular- relató al juez que este cura jubilado llegó a amenazarla con deportarla porque no accedía a sus supuestas pretensiones sexuales: «Me dijo que tenía que quitarme las vergüenzas, que no fuera así, que no estuviera a la defensiva y que le viera a él como si fuera Jesús». De forma que esta mujer le confesó que era lesbiana para tratar de frenarlo: «Cuando llegamos a la casa le dije que no era necesario cogernos de la mano y le expliqué que yo era lesbiana«. De nada sirvió explicarle su orientación sexual al párroco: «Empezó a mandarme mensajes diciéndome que era una mujer muy atractiva, muy guapa, que podía atraer a cualquier hombre y que le daba rabia que me gustasen las mujeres».

Precisamente, en los mensajes radica una de las claves del archivo de la investigación judicial abierta sobre este religioso peruano, defendido por el letrado Eduardo Muñoz Simó, del bufete Simó Abogados Penalistas -con despachos en Madrid, Murcia y Águilas-. El penalista ha evitado que se valoren como prueba esos mensajes del cura hacia su inquilina, al aportarse a la causa un día después del plazo máximo de un año que fija la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La magistrada Ana María García considera «nula dicha diligencia» de los mensajes, por este motivo: «Si examinamos el caso que nos ocupa, la declaración de la denunciante tuvo lugar el 20 de octubre de 2022 y la diligencia fue acordada el 17 de noviembre de 2022, cumpliéndose el plazo del año un día antes, el 16 de noviembre, sin que se entendiera fueran precisas más diligencias de prueba».

Eduardo Muñoz Simó, abogado del despacho Simó Abogados Penalistas, se encarga de la defensa de los tres investigados.


Eduardo Muñoz Simó, abogado del despacho Simó Abogados Penalistas, se encarga de la defensa de los tres investigados.

El auto establece el «sobreseimiento» del caso tras analizar los hechos expuestos por la ciudadana latinoamericana que denunció al cura. La juez Ana María García considera que los episodios narrados por esta mujer, sobre su convivencia con el religioso, no son tan graves como para celebrar una vista oral para juzgar al cura por un delito de acoso sexual, establecido en el artículo 184 del Código Penal.

«La denunciante manifestó en su denuncia y en su declaración, cómo comenzó a notar comportamientos en el investigado que la incomodaban. Así, cuando explicó cómo le daba todos los días besos en la mejilla al despertarse o la abrazaba, siempre manifestó que ella los entendía como algo innecesario y en un primer momento los entendió como muestras de cariño, pero posteriormente no los encontraba justificados», según expone la magistrada.

«De igual forma, se sintió incomodada por los mensajes que el investigado le remitía, dado que contenían comentarios inapropiados para el cargo que él desempeñaba y que pudiera entender esta instructora, que por ser improcedentes llegasen a incomodar a la denunciante».

«Pues bien, del análisis de todos los elementos probatorios no resulta que el investigado hubiera solicitado ningún favor de naturaleza sexual a la denunciante, no encontrándose ambos ligados por ninguna relación de dependencia jerárquica, ni de expresa necesidad, siendo mayor de edad y plenamente capaz para tomar sus propias decisiones la denunciante». Así lo razona la juez, a pesar de que la denunciante era una sin papeles y el cura amenazó con deportarla.

Sin relevancia penal

Para la magistrada también «carecen de por sí de relevancia penal» tanto los besos como los abrazos que este párroco pensionista le daba a su inquilina, cada vez que la pillaba con la guardia baja porque estaba limpiando o cocinando. «La existencia de besos en las mejillas o abrazos, afirmados por la denunciante y negados por el investigado, más allá de que no tienen cabida formal en este tipo penal […]».

Uno de los mensajes que el cura envió a su inquilina.


Uno de los mensajes que el cura envió a su inquilina.

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Lo mismo opina la magistrada de los famosos mensajes que no fueron admitidos en la instrucción por estar fuera de plazo. «De igual forma, en relación a alguno de los mensajes recibidos por ella, donde el investigado manifestaba que ‘la miraba con otros ojos, como a una mujer y que le atraía bastante’, estas declaraciones, sin más, más allá de lo improcedentes que pudieran resultar o la incomodidad que generasen en la denunciante, carecen de igual forma de la relevancia suficiente desde el punto de vista penal, para continuar con la tramitación de la presente causa».

El abogado Eduardo Muñoz Simó se ha mostrado «satisfecho» porque «el auto ya es firme» y el padre Óscar podrá seguir disfrutando de una jubilación que no ha estado exenta de polémica, ya que el Obispado pidió a la parroquias de Getafe que no aceptasen la colaboración del religioso jubilado porque pedía dinero a los fieles y sus misas estaban marcadas por su contenido político: lo mismo alertaba de que Pedro Sánchez iba a llevar al país a la pobreza, que arremetía contra los inmigrantes que llegaban en patera.

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