La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha mantenido este viernes una reunión con representantes de Booking, la plataforma digital de búsqueda de viajes y alojamientos, para abordar las próximas modificaciones legales. Durante el encuentro, la titular de la cartera ha defendido el Real Decreto anunciado recientemente por el Gobierno y a través del cuál se pretende crear una Ventanilla Única Digita de Arrendamientos y regular la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler y alojamientos de corta duración.

Rodríguez ha apostado durante la reunión por la regulación de los alquileres de temporada de cara a “poner coto al fraude de ley” a través de la normativa que se encuentra actualmente en trámite. Del encuentro no ha trascendido más y la compañía no se ha pronunciado. Según la comunicación del departamento de Vivienda únicamente se ha abordado este Real Decreto, que atraviesa el proceso de audiencia pública, lo que significa que los actores implicados y la propia ciudadanía podrán trasladar sus propuestas. Booking es uno de estos actores.

El objeto de la reforma, según detalla el Ejecutivo, es la regulación de los servicios de alquiler de corta duración prestados por las plataformas en línea a anfitriones que prestan servicios de alquiler de alojamientos de corta duración en España, independientemente del lugar de establecimiento de dichas plataformas, como los servicios de alquiler que prestan los anfitriones. Entre otras cosas, la norma define qué es un alquiler de corta duración, sus diferentes fórmulas y las personas físicas o jurídicas que intervienen en estas operaciones, además de las plataformas donde operan.

¿Qué recoge el Real Decreto?

Uno de los principales aspectos recogidos por la norma es qué alquileres se verá afectados por su regulación: alquileres de temporada, alquileres de habitaciones o alquileres de otras propiedades que permitan el alojamiento de corta duración. En estos casos, los arrendadores están obligados a obtener un número de registro, aportar la información requerida para su alta o renovación, atender los requerimientos de información y comunicar a las plataformas en línea el número de registro que se haya asignado por el Registro de la Propiedad o el de Bienes Inmuebles. 

Asimismo, deberán justificarse la causalidad de los arrendamientos de temperado para evitar, como ha trasladado Rodríguez, los fraudes de ley. “Tiene que existir una causalidad para poder proceder a este tipo de contratos. Se trata de clarificar la figura de estos arrendamientos para que no puedan ampararse bajos estos contratos y evitar así un fraude o abuso de ley”, ha defendido la ministra en varias ocasiones. Más allá de arrendadores, plataformas como Booking también tiene obligaciones como que en sus aplicaciones los arrendadores se identifiquen mediante este número sus viviendas y que sea visible en los anuncios.

Procedimiento para registrarse

El arrendador deberá dirigir su solicitud en la sede del Colegio de Registradores o Registro de la Propiedad o Bienes inmuebles competente que contenga la dirección específica del espacio a alquilar. Asimismo, deberá detallar la identificación de la categoría y los tipos de arrendamiento, donde se encuentran tres grupos: fincas, habitaciones o unidades parciales de una finca destinada al alquiler de corta duración no turístico; los mismos casos anteriores, pero dedicados al turístico; y, en tercer lugar, embarcaciones flotantes u otras propiedades que permitan el alojamiento de corta duración.

Cada finca, habitación o embarcación sólo podrá tener un código por cada categoría anterior. Este número tendrá una vigencia de 12 meses, pudiendo ser prorrogada en caso de constitución de uno o varios arrendamientos sobre la unidad durante ese período, siempre y cuando sean de la misma categoría y tipo por el que se solicitó el registro. Para solicitar la prórroga debe aportarse un listado de los arrendamientos por cada categoría constituidos durante la vigencia de este número de registro.

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