El Tribunal Supremo ha decidido rechazar, por el momento, quedarse con la causa por la que se investiga la responsabilidad de Alvise Pérez en la difusión de una prueba PCR falsa de Salvador Illa. De esta forma, el Alto Tribunal devuelve la instrucción al juzgado de Barcelona que se la remitió y le recuerda, en una providencia a la que ha tenido acceso este periódico, que tiene hasta el 17 de noviembre antes de que expire el plazo fijado por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
La decisión llega despúes de que este juzgado número 33 de Barcelona no enviara, a juicio del Tribunal Supremo, una exposición razonada de los hechos que les llevara a hacerse cargo de la causa. Alvise Pérez, que es, desde este verano, eurodiputado, ostenta ahora mismo la calidad de aforado, razón por la que a finales de septiembre este juzgado de Barcelona decidió enviar un auto de inhibición junto con la causa al Supremo para que este se hiciera cargo de la misma.
Sin embargo, la Sala de lo Penal explica ahora que, «dado que no consta exposición razonada que fundamente de forma inequívoca que de la instrucción se deriva imputación relevante contra una persona aforada», se devuelve las actuaciones al juzgado a fin de que le remita dicha exposición.
Al mismo tiempo, la Sala Segunda pone de relieve «la proximidad de la conclusión del plazo que establece el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), pues el auto de fecha 17 de mayo de 2024 prorroga las actuaciones hasta el próximo 17 de noviembre».