El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a un inspector de la Policía Nacional de Valencia, J.M.M.C., por agredir tras consumir alcohol a dos policías locales de Benidorm, en la provincia de Alicante.

En un principio, el funcionario policial fue condenado a tres meses de prisión por el Juzgado de Lo Penal Número 3 de Benidorm como autor de un delito de atentado contra agente de la autoridad, además de ser considerado autor responsable de dos delitos leves de lesiones.

Pero el condenado recurrió la sentencia y la Audiencia de Alicante rebajó la pena al eliminar el delito de atentado contra agente de la autoridad y estimar parcialmente su recurso en una sentencia dictada el pasado mes de marzo.

Finalmente, la Audiencia eliminó la pena de prisión y estableció que el inspector era responsable de un delito de resistencia a agentes de la autoridad previsto y penado en el artículo 556 del Código Penal». El agente fue condenado a la pena de tres meses de multa con una cuota diaria de 6 euros, «manteniendo el resto de pronunciamientos».

Ahora, el Supremo ha rechazado el último recurso de este agente de la Policía Nacional y la sentencia ya es firme, según confirmaron a EL ESPAÑOL fuentes conocedoras de la resolución.

El funcionario policial condenado es uno de los responsables de la Unidad de Intervención Policial (UIP), también conocidos como antidisturbios, y es la pareja de la agitadora ultra Cristina Seguí, fundadora del partido Vox.

La agresión

Los hechos por los que ha sido condenado en firme el inspector tuvieron lugar el 10 de agosto de 2018 en Benidorm en torno a las 22:50 horas.

Ese día, los agentes de la Policía Local de Benidorm realizaron una intervención en relación con el acusado que estaba «en días libres con dos compañeros de trabajo».

Al parecer, la patrulla se personó en el lugar donde se encontraba ante la llamada de un taxista que se estaba viendo «vejado y amenazado» por el inspector.

«Yendo afectado por la previa ingesta de bebidas alcohólicas que le mermaba pero no anulaba sus capacidades cognitivas y volitivas, le requirieron para que se identificase, negándose el acusado en numerosas ocasiones», según consideró el juzgado de Benidorm.

El acusado defendía que era inspector del Cuerpo Nacional de Policía en Valencia e instó «al agente de la Policía Local con el que se entrevistaba para que le diera su número de placa», según el relato de los hechos probados.

Cuando el condenado requería el número de placa a los agentes que patrullaban la ciudad de Benidorm, «agitaba su teléfono móvil hasta que chocó con la mano del agente de la Policía Local, cayendo éste al suelo».

En ese momento, «el acusado con ánimo de menoscabarlo físicamente y desconociendo el principio de autoridad se abalanzó con el agente de la Policía Local, al que propinó un bofetón en la cara que también le hizo caer al suelo, momento en el que sus compañeros intervinieron para reducir al ahora acusado, empleando para ello la fuerza mínima imprescindible».

Como consecuencia de estos hechos, uno de los agentes de la Policía Local «sufrió lesiones consistentes en arañazos en brazo derecho, bofetada en oído otoscopio sin lesión interior timpánica y contusión en antebrazo».

El segundo policía sufrió «lesiones consistentes en escoriación por fricción en antebrazo», recoge la resolución.

En el juicio celebrado en Benidorm declaró como testigo el taxista que sufrió el comportamiento violento del inspector condenado.

Este testigo dio «cuenta de un comportamiento irregular, descortés, violento, injustificado del que después pasó a ser acusado: insultos y de todo».

Según su testimonio, el «acusado estaba algo afectado por el alcohol, con baja tolerancia a la frustración (no tolera que el taxi, con tantos como hay no le dé servicio), y con escaso control de los impulsos».

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