El Tribunal de Justicia de la Unión Europea abre, definitivamente, las puertas a que todas las mujeres afganas bajo el yugo talibán consigan el estatus de refugiadas. En una sentencia, hecha pública este viernes, el TJUE da la razón a dos mujeres de Afganistán a las que el Gobierno Austriaco les negó el estatus. Las dos mujeres habían recurrido ante el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo austriaco, cuyos magistrados han elevado una consulta al Tribunal Europeo sobre la negativa de las autoridades de ese país a reconocerles el estatuto de refugiadas. Ambas alegaron en su recurso que la situación de las mujeres en el nuevo régimen de los talibanes justifica, por sí misma, la concesión de dicho estatuto. En su resolución, el TJUE no solo les da la razón, sino que también afirma que «las medidas discriminatorias adoptadas contra las mujeres por el régimen de los talibanes constituyen actos de persecución».

Según el órgano jurisdiccional austriaco, la vuelta al poder del mencionado régimen en 2021 tiene graves implicaciones para los derechos fundamentales de las mujeres. Establece numerosas medidas discriminatorias que consisten, por ejemplo, en privarlas de cualquier protección jurídica contra la violencia de género, la violencia doméstica y el matrimonio forzado, obligarlas a cubrirse el cuerpo y rostro por completo, restringir su acceso a la asistencia sanitaria y su libertad de movimientos, prohibirles el ejercicio de actividades profesionales o restringir este, restringir su acceso a la educación y excluirlas de la participación en la vida política.

El órgano jurisdiccional austriaco considera que las mujeres de nacionalidad afgana pertenecen a «un determinado grupo social» a efectos de la Directiva 2011/95. Afirman que, «en Afganistán, dichas mujeres pueden verse expuestas a actos de persecución por razón de su sexo«. Por tanto, el órgano jurisdiccional nacional pregunta al Tribunal de Justicia, por un lado, si las medidas discriminatorias que se han descrito anteriormente, observadas en conjunto, pueden considerarse actos de persecución que justifiquen el reconocimiento del estatuto de refugiadas. Por otro lado, pregunta si la autoridad nacional competente, al evaluar de manera individual solicitudes de asilo de mujeres de nacionalidad afgana, está obligada a tomar en consideración otros datos más allá de su nacionalidad y sexo.


Respuesta del TJUE

En primer lugar, el Tribunal de Justicia responde que debe considerase que algunas de las medidas en cuestión son por sí solas «actos de persecución», puesto que constituyen una violación grave de un derecho fundamental. Así sucede con el matrimonio forzado que es, a su juicio, «asimilable a una forma de esclavitud, y con la falta de protección contra la violencia de género y la violencia doméstica, que constituyen formas de tratos inhumanos y degradantes».

«Aun suponiendo que las demás medidas, observadas aisladamente, no constituyan una violación lo suficientemente grave de un derecho fundamental como para poder ser consideradas «actos de persecución», el Tribunal de Justicia entiende que, «observadas en conjunto, dichas medidas constituyen actos de esa naturaleza. Debido a su efecto acumulativo y a su aplicación deliberada y sistemática, llevan a negar de manera flagrante los derechos fundamentales vinculados a la dignidad humana», prosiguen diciendo.

La presidenta de la Comunidad de Madrid y del PP de Madrid, Isabel Díaz Ayuso (d), y la alcaldesa de Alcalá de Henares, Judith Piquet.


Examen de las solicitudes

En segundo lugar, por lo que respecta al examen individual de solicitudes de asilo de mujeres de nacionalidad afgana, el Tribunal de Justicia tiene en cuenta la situación de la mujer en el régimen actual de los talibanes, según la exponen, entre otros, los informes de la Agencia de Asilo de la Unión Europea (AUEA) y del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). El Tribunal de Justicia declara que «las autoridades competentes de los Estados miembros pueden considerar que no es necesario que se acredite que las solicitantes corren un riesgo efectivo y específico de ser objeto de actos de persecución si regresan a su país de origen. Basta con tomar en consideración su nacionalidad y sexo».

Fuente