La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del juez Santiago Pedraz de proponer que se procese por delitos contra la Hacienda Pública a los exfutbolistas del Atlético de Madrid «Mariano Aguilar López y Juanma López, y al fondo de inversión Doyen Sports Investment Limited, representada por Nelio Freire Lucas«, según especifica un auto de 3 de septiembre, al que ha tenido acceso esta redacción.
Los hechos bajo sospecha no tienen nada que ver con el capitán de la selección Álvaro Morata, cuyo representante es el mencionado Juanma López. No obstante, durante la instrucción el ahora delantero del Milán llegó a depositar 1.185.000 euros para que el juez levantara el embargo de todos los activos de su agente, según informó El Confidencial.
Para los magistrados, la resolución de Pedraz contiene «una motivación suficiente que permite conocer a la parte recurrente las razones que fundamentan la decisión de continuar los trámites del Procedimiento Abreviado, respondiendo a las finalidades de éste», explica el auto que rechaza las pretensiones de las defensas, que pretendían anular la decisión del juez.
En su resolución de 28 de junio, Pedraz concluía que había que sentarles en el banquillo de los acusados al considerar que el fondo de inversión Doyen, que hizo negocios en el fútbol español, no tributó en España las actividades que realizó durante los años 2013 a 2017, en los que «obtuvo importantes ingresos». Y para tratar de evitar el pago de los impuestos se amparó «en su nacionalidad maltesa», concluye la resolución.
Sin embargo, el instructor recuerda que la mercantil Doyen Sports Investment Limited «realizó toda su actividad en el mercado del fútbol español, prácticamente único mercado en el que la tenía, bien mediante la suscripción de contratos TPO [derechos económicos de terceros] respecto a jugadores de la liga del fútbol española y vinculados a determinados clubes; bien los contratos de préstamos que suscribió con clubes de futbol españoles o con personas físicas relacionadas con dichos clubes».
Agentes de Doyen
Respecto de los exfutbolistas del Atlético de Madrid, «ambos actuaron como agentes de Doyen Sports Investment Ltd, en esos mismos periodos temporales, percibiendo por ello ingresos de Doyen a través de las mercantiles que actuaban como agentes de Doyen que fueron Assets 4 Sports SL y la maltesa Vela Management«, prosigue el auto de 28 de junio.
Además, Mariano Aguilar y Juanma López, siempre según el juez Pedraz, «realizaron actividades profesionales ajenas a las anteriores en su condición de agentes de futbolistas y clubes de futbol. Ambos simularon ser ‘no residentes’ en España con objeto de no tributar por los ingresos que percibieron por sus actividades profesionales».
En su auto, el magistrado recuerda que durante la instrucción, que se inició con una querella por un presunto fraude de 5 millones de euros, se efectuaron numerosos requerimientos de información tanto a entidades bancarias como a distintos clubes de futbol, «como por ejemplo al Atlético de Madrid SAD; Cádiz Club de Futbol, Elche CF, Getafe SAD, Sevilla Club de futbol, Sporting de Gijón y el Valencia CF, entre otros».
Durante la instrucción se efectuaron numerosos requerimientos de información a distintos clubes de futbol, como por ejemplo al Atlético de Madrid SAD; Cádiz Club de Futbol, Elche CF, Getafe SAD, Sevilla Club de futbol, Sporting de Gijón y el Valencia CF, entre otros.
También se realizaron numerosas diligencias de investigación solicitadas por la Fiscalía. En concreto se llevaron a cabo «diferentes entradas y registros, no sólo en domicilios de los querellados sino también en las sedes de distintas mercantiles», como la sede de Assets 4 Sports SL, el Grupo Alianza y un despacho de abogados. Asimismo, se intervinieron los dispositivos electrónicos de los querellados.
Finalmente se adjuntó al sumario información tributaria, así como informaciones obtenidas a través de diferentes órdenes europeas de investigación procedentes de Portugal, Malta, o comisiones rogatorias internacionales a Reino Unido, la Isla de Jersey, Emiratos Árabes y Suiza.
En una segunda resolución, esta de 30 de julio, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazó la petición de Doyen de que se anulara la decisión de Pedraz al considerar que el auto de 28 de junio es nulo, pues el representante legal de esta mercantil no compareció ante el juez durante la instrucción. Sin embargo, los magistrados aseguran que si no declaró fue porque al ser citada se negó a prestar testimonio en calidad de investigada.