La mejora de la seguridad vial es una de las prioridades de la nueva ordenanza de movilidad de Zaragoza. Un aspecto en el que se incide a través de, entre otros, la creación de espacios de especial protección para el peatón, el uso del casco para conductores de patinetes eléctricos y ciclistas menores de 16 años o la necesidad de disponer de un seguro de responsabilidad civil para usuarios de bicis y vehículos de movilidad personal (VMP).

Estas son, de hecho, algunas de las novedades que recoge el nuevo marco regulatorio que entró en vigor el pasado miércoles 11 de septiembre y que unifica distintas ordenanzas que se encontraban hasta ahora dispersas en otras tantas normativas. Es el caso de la ordenanza de peatones y ciclistas, la de circulación de vehículos de movilidad personal, el transporte escolar, el de mercancías peligrosas, el estacionamiento para personas con discapacidad o la propia Ordenanza General de Tráfico.

Además, el texto también buscar avanzar en el equilibrio entre los diferentes modelos de movilidad para aumentar la libertad de elección de los ciudadanos sobre su modo de desplazamiento y hacerlo siempre con la mayor comodidad y seguridad.

Espacios de especial protección para el peatón

Para ello se introducen varias novedades. Una de ellas, que busca ganar en seguridad, es la creación de los “espacios de especial protección para el peatón” que queda recogida en el artículo 47 del texto.

Se trata, por ejemplo, de zonas como la calle Alfonso o la calle Santiago que tienen una alta densidad de ocupación peatonal. Estos «espacios de especial protección» podrán ser establecidos de manera continua o temporal, ordenando y regulando los usos, priorizando aquellos que sean más favorables para los peatones y pensando también en las personas con movilidad reducida.

Los «espacios de especial protección para al peatón» estarán específicamente señalizados. / El Periódico de Aragón

En todos los casos, a la declaración de “espacio de especial protección” de una determinada calle, andador o plaza se le deberá dar la oportuna publicidad, incluir una justificación motivada y, una vez declarado el espacio, deberá instalarse la señalización indicativa.

Se establecen como “espacios de especial protección” los entornos escolares en los que se llevará a cabo un rediseño viario a través de las siguientes medidas:

  1. En las calles que conforman el perímetro del centro escolar, cuando no formen parte de la malla básica, la velocidad estará limitada a 20 Km/h en los horarios de entrada y salida del colegio, lo cual deberá ser señalizado mediante señalización fija o lumínica variable adaptada al horario de entrada y salida de los centros escolares.
  2. La entrada y salida al centro escolar debe realizarse prioritariamente por accesos distintos para peatones y para vehículos.
  3. En el caso de que los alumnos deban transitar por un estacionamiento dentro del recinto escolar deberán realizarlo prioritariamente por itinerarios segregados mediante acera a cota superior a la de la calzada o mediante barrera de protección resistente al impacto de vehículos. En su defecto, deberán realizarlo por itinerarios señalizados mediante señalización horizontal en todo el itinerario.
  4. Dentro de los recintos escolares la velocidad de circulación está limitada a 10 Km/h y se deberá señalizar.

Cambios para bicicletas y patinetes eléctricos

La nueva normativa también introduce novedades para los usuarios de bicicletas y patinetes eléctricos. Para conducir un VMP (patinete eléctrico) a partir de ahora es necesario tener 16 años o más y el uso obligatorio del casco. Debe ser un casco para bicicleta homologado o de superior protección y portar luz o elementos reflectantes. Además, tendrán que circular a cualquier hora con la iluminación delantera y trasera (que debe ser homologada) encendida.

En el caso de las bicicletas, el casco es obligatorio para los menores de 16 años, aunque se recomienda para todos los usuarios porque es un elemento esencial de protección.

Para los ciclistas el uso del casco no es obligatorio. En el caso de los patinetes, sí.

El casco es obligatorio para todos los usuarios de VMP y en bici para menores de 16 años. / El Periódico de Aragón

Seguro para estar protegido

La otra novedad que introduce la ordenanza es el seguro de responsabilidad civil para estar protegido en caso de accidente. Ciclistas y usuarios de VMP deben disponer de la correspondiente garantía de responsabilidad civil, bien mediante un seguro específico que cubra los posibles daños a usuarios y a terceros o bien a través de un seguro de hogar que incluya esta contingencia. El usuario debe portar copia de esa póliza en papel o soporte informático.

Tener un seguro de responsabilidad civil protege tanto al usuario de bici o patinete como al resto de personas que utilizan la vía pública y que pueden verse implicadas en un accidente (peatones sobre todo). En caso de no disponer de esta garantía, el ciudadano puede verse obligado a responder con su patrimonio por los daños ocasionados. En Zaragoza se producen cada año más de 500 accidentes en bici y VMP, a menudo leves pero también con consecuencias graves.

Actualmente parte de los seguros del hogar incorporan la responsabilidad civil y cubren a todas las personas empadronadas en ese domicilio pero es importante comprobar las condiciones de cada póliza y su alcance. En cuanto a los seguros específicos, a modo de ejemplo, una póliza con una cobertura económica de unos 150.000 euros puede tener un coste de unos 50 o 60 euros al año.

Por dónde circular

La nueva ordenanza mantiene la prohibición de circular en bici o VMP por aceras y zonas peatonales, con la única excepción de los menores de 12 años acompañados de una persona adulta a pie y sin sobrepasar los 5 km/h. Tampoco podrán circular por carriles ni plataformas reservadas para el transporte público.

Para bicicletas y patinetes eléctricos es necesario disponer de seguro para circular.

El seguro de responsabilidad civil protege frente a daños causados en un accidente. / El Periódico de Aragón

Las bicis deben circular por calzada o por carriles habilitados. En el caso de los VMP tienen que circular por carriles bici, vías ciclistas o lugares específicos destinados para ello. Como novedad, podrán hacerlo en las calles con más de un carril de circulación cuya velocidad máxima esté limitada a 30 km/h o inferior, haciéndolo por el carril derecho de los no reservados a transporte público.

Tanto los ciclistas como VMP que circulen por la calzada lo harán preferentemente por el carril de la derecha, o por el contiguo al reservado a otros usos, y por el centro del carril por razones de seguridad vial.

La nueva ordenanza de movilidad de Zaragoza, es un texto que recoge aportaciones de diferentes áreas municipales, operadores del transporte público, colectivos ciudadanos y empresas de distribución de mercancías, entre otros colectivos, y que busca mejorar la seguridad vial en Zaragoza y adaptarse a los cambios en las formas de desplazamiento y al crecimiento de la ciudad. Conoce la nueva ordenanza

 

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