La continuidad del instructor del ‘caso Begoña Gómez’ pende de un hilo. El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, está a la espera de saber qué decisión toma el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sobre las querellas que han interpuesto el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su mujer contra él por presunta prevaricación. Ambas se han interpuesto de forma independiente por lo que habrá dos resoluciones. El futuro judicial puede pasar por que Peinado se aparte de la causa contra Begoña Gómez o, si el asunto termina en juicio, tenga que salir de la carrera. La Fiscalía acaba de pedir que se admita a trámite la denuncia de Sánchez.

Procesar a un juez no es fácil y no hay muchos precedentes en el Derecho español. Los investigados buscan de forma no poco usual apartar a quienes les investigan como método de erradicar sus problemas con la Justicia y esto el legislador lo sabe. Por eso, hasta que el exministro de Justicia Juan Alberto Belloch modificó la ley, existía un trámite que se llamaba el antejuicio. Era una suerte de vistilla en la que se escuchaba a las partes cuando había una querella contra un togado antes de decidir si se admitía o no. Una especie de filtro previo para evitar malintencionadas querellas pensadas sólo para apartar al justiciero.

La Ley Orgánica del Poder Judicial fue modificada porque había ciertas críticas que veían este paso como un «privilegio» con respecto al resto de ciudadanos, según explican fuentes jurídicas. Pero aún ahora los jueces pueden hacer algún trámite previo antes de decidir iniciar un procedimiento contra uno de los suyos. Así lo indica el artículo 410 de la citada ley, que menciona que antes de abrir causa se podrán «recabar los antecedentes que considere oportuno [el juez] a fin de determinar […] la relevancia penal de los hechos de objeto de la misma o la verosimilitud de la imputación».

La Fiscalía dio el primer paso este miércoles apoyando a Sánchez que defiende que el togado actuó mal a sabiendas al citarle como testigo de forma presencial y no permitiéndole declarar por escrito el pasado 30 de julio. Este es el argumento medular de la querella que la Abogacía del Estado ha interpuesto: que Peinado se extralimitó a propósito al citar al líder socialista en calidad de marido de Gómez en lugar de como presidente del Ejecutivo. A su vez, ella interpuso otra querella en la que le acusan de revelación de secretos (por haber dado traslado a las acusaciones populares de declaraciones y documentos cuando la causa estaba secreta) y también de prevaricación.

«Van a por él», indica una fuente del procedimiento. Si el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) decide rechazar las querellas todo seguirá tal y como está. Si, por el contrario, incoa un procedimiento contra el magistrado se abrirán distintos escenarios. Si se admite la queja de Begoña Gómez, Peinado tendrá que apartarse de la causa. Así lo indican las causas de recusación de la ley: «Estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta, siempre que la denuncia o acusación hubieran dado lugar a la incoación de un procedimiento penal».

Si se admite la de Sánchez, pero no la de su esposa el marco es incierto. Algunas fuentes jurídicas consultadas por este periódico señalan que Peinado podría seguir adelante porque él no es parte de la investigación; si bien otras creen que en una interpretación amplia de la norma él es el esposo de la afectada y, por tanto, su continuidad se vería en entredicho.

Esto no quiere decir, en ningún caso, que la causa contra Begoña Gómez se tuviera que archivar o sufriera mínimamente. Otro juez ser haría cargo y las pesquisas seguirían adelante. Peinado podría seguir ejerciendo sin ningún problema y, únicamente, en caso de que el asunto llegue a juicio podría ser apartado de la carrera. Si la querella de Sánchez termina en apertura de juicio oral, el togado quedaría suspendido de su empleo y cobraría el sueldo base, según fuentes jurídicas conocedoras de este procedimiento. Si finalmente fuera absuelto tras el juicio, el juez debe ser incorporado nuevamente en la carrera y el Ministerio de Justicia tendría que pagarle todo el sueldo atrasado.

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