Seis años de prisión y una multa de 4,5 millones por crear un entramado societario que se hizo con contratos públicos es la sentencia que impone la Audiencia de Cádiz a Bernardo A.P, cabo de la Guardia Civil en la sección fiscal de Algeciras (Cádiz).

El agente, de 55 años, ganaba 1.600 euros al mes por su puesto, salario que podía obtener otro compañero de la misma categoría. Con tal retribución se antojaba complicado disponer de 12 empresas y cuatro uniones temporales con las que obtener concesiones públicas millonarias, además de 17 inmuebles. Según ha dictaminado la sentencia, el cabo primero “ha supuesto unas aportaciones dinerarias en concepto de compra de capital social de unos 730.000 euros, habiendo adquirido en el mismo período bienes de naturaleza inmobiliaria (17 inmuebles), bien a su nombre, bien a nombre de las empresas en las que tienen participaciones, por importe conjunto mínimo aproximado de 606.000 euros”.

Al mismo tiempo, existen pruebas que indican que la estructura económica, societaria e inmobiliaria fue financiada, en su mayor parte, mediante una compleja estructura de préstamos privados o capital de terceros, por importe conjunto aproximado de 997.000 euros, dirigida a enmascarar y justificar las cantidades invertidas, préstamos que pese su apariencia legal suponen pagos encubiertos realizados con las partidas de dinero en efectivo que se tratan de blanquear.

Todo ello lo explica la cuantía económica clave procedente del blanqueo de hasta 1,6 millones de euros del narcotráfico. No conforme con el blanqueo de capitales, su condena se ve agravada por estar involucrado en el tráfico de drogas y por otro de organización criminal.

La sentencia 211/2024 del pasado 22 de julio ha considerado culpables a los dos hijos de Bernardo: María del Mar y Juan Francisco -por ser cooperadores necesarios- a dos años y cinco meses por el blanqueo de capitales y multa también de 4,5 millones de euros a cada uno de ellos. Además de ocho meses por el delito de pertenencia a un grupo criminal, lo que les impone sendas penas un total de tres años y un mes de prisión.

Según el pronunciamiento “los tres, pese a carecer de recursos económicos personales suficientes, han constituido una compleja estructura societaria compuesta por doce empresas y cuatro uniones temporales de empresas, éstas últimas con la finalidad de participar en distintas licitaciones públicas”.

Antecedentes de los hechos

El cabo primero ya cumplió prisión tras ser detenido junto a su mujer en 2014 por blanqueo y pertenencia a una organización criminal. Cuatro años después, en marzo de 2018, la policía Nacional lo detuvo como presunto autor de un delito de falsificación de documentos. Los agentes lo inmovilizaron por usar un depósito judicial de su propiedad, Rent Marín S.L., como aparcamiento camuflado para todoterrenos de los narcos.

La investigación por blanqueo, realizado por la fiscal antidroga del Campo de Gibraltar, Macarena Arroyo, se remonta a 2015 -año en el que acabó trasladado al puesto de la Guardia Civil en Almadén (Ciudad Real)- hasta ese 2018 que se encontraba de baja desde hacía dos años.

El complejo entramado económico, societario e inmobiliario compuesto por 12 empresas y cuatro uniones temporales de empresas, estas últimas con la finalidad de participar en distintas licitaciones públicas, fueron dos de ellas las capaces de hacerse con la adjudicación del contrato público de un depósito judicial de Sevilla por un valor de 544.500 euros.

El cabo de la Guardia Civil también blanqueó parte del dinero en compras inmobiliarias realizadas directamente por él o por las empresas administradas por sus hijos: tanto de parcelas y terrenos como de coches de alta gama, además de los numerosos viajes a ciudades y países como Japón, Londres, Marruecos, Orlando o Riviera Maya. Entre las pruebas, también ha quedado documentado cómo gastó parte del dinero -sin determinar la cantidad exacta- en carreras automovilísticas en las que participó.  

Resolución judicial

La resolución judicial relata las compras inmobiliarias del cabo primero de la guardia civil o de las empresas administradas por sus hijos tanto de parcelas, terrenos, como de coches de alta gama, que junto a los viajes al extranjero con alojamiento de lujo -cuyo reflejo no aparece en las cuentas bancarias de su titularidad- no se compadece con los ingresos percibidos por los miembros de la familia.

Tampoco hay justificación de los pagos para satisfacer las fianzas impuestas, de hasta 80.000 euros, cuando los hijos fueron detenidos por esta causa.

La sentencia explica que “eran perfectamente conocedores de la anomalía de la actividad financiera desplegada por su padre. La información de la que disponían desde un principio ya advertía de la anormalidad de la actuación hasta ese momento que desplegada había motivado la detención e ingreso en prisión de su padre”.

 

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