El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ha fallado contra España al considerar que el despido improcedente no se ajusta a la Carta Social Europea, que garantiza el derecho de los trabajadores a «recibir una indemnización adecuada u otra reparación apropiada» en caso de rescisión de contrato por parte de la empresa.

Con esta decisión, el organismo europeo da la razón al sindicato UGT, que presentó una denuncia en 2022 por entender que el coste del despido en España incumple la normativa europea, al ser «asequible y nada disuasorio». Dicha reclamación fue posible porque España ratificó en 2021 la Carta Social Europea y se comprometió a acatar sus resoluciones.

La queja ugetista venía por los cambios fruto de la reforma laboral de 2012, que abarató el despido, al acabar con la indemnización de 45 días por año trabajado hasta un máximo de 48 mensualidades, eliminó los salarios de tramitación y flexibilizó las causas que las empresas alegan para rescindir un contrato.

Sindicatos de otros países como Francia e Italia, que ratificaron el texto con anterioridad, ya han presentado reclamaciones similares con resultado favorable

En este momento, un despido improcedente deriva en una indemnización máxima de 33 días por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades.

No obstante, cabe recordar que el fallo del CEDS no incluye ninguna recomendación de cómo adaptar la normativa nacional, de manera que ahora será el Gobierno el que tenga que diseñar una reforma legislativa para cumplir con la Carta Social Europea. Yolanda Díaz ya está en ello y, de hecho, es su siguiente objetivo una vez consiga reducir la jornada laboral.

El CEDS considera que esos 33 días por año trabajado en vigor no tiene en cuenta factores como el impacto del despido en la carrera del trabajador, sus circunstancias personales o los posibles «daños morales». Además, entiende que para los trabajadores con poca antigüedad en la empresa no tiene ningún efecto disuasorio.


La vicepresidenta del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz (i), y el secretario general de UGT, Pepe Álvarez.

Mateo Lanzuela

Europa Press

Asimismo, el organismo europeo señala en su fallo la falta de los salarios de tramitación —aquellos devengados desde el momento del despido hasta la resolución del conflicto—, lo que para el CEDS disminuye la efectividad compensatoria y disuasoria de la indemnización.

Ante esto, UGT, que ha presentado el fallo este lunes, exige cambios normativos para cumplir con la Carta Europea de Derechos Sociales. En concreto, apuestan por fijar una indemnización «plenamente resarcitoria del daño causado» que permita a los tribunales ajustar la compensación basada en los «daños reales» de los trabajadores. La central ha insistido en la obligatoriedad de cumplir con el fallo.

Asimismo, el sindicato liderado por Pepe Álvarez insta a eliminar o, al menos, elevar los topes de compensación «para asegurar que las indemnizaciones sean suficientemente disuasorias«. También señalan a importancia de fomentar la reincorporación en el empleo, así como de la vuelta de los salarios de tramitación. Por último, indican la pertinencia de asegurar un cauce judicial más rápido.

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