Parece claro que el fichaje de Nico Williams por el FC Barcelona va a ser largo. Especialmente porque el Barcelona necesita ajustar los 100 millones que debe a LaLiga de los pagos de Barça Studios que le permita ajustarse al mercado 1-1 de fichajes. Y todo indica que será en ese momento cuando el FC Barcelona deposite en la sede de LaLiga la cláusula del jugador navarro. Veremos en qué fecha se produce este movimiento respecto al margen de maniobra del Athletic Club de Bilbao de lanzarse al mercado a fichar un recambio. Porque cuanto más se acerque a finales de agosto, menos margen de maniobra le deja al club vasco. Porque este es el cuarto verano donde ya no existe el conocido durante más de 20 años como ‘territorio Rivaldo’.

Es un mecanismo que hasta hace bien poco LaLiga ofrecía a sus clubes cuando en este sprint final del mercado, ya sea en verano o en invierno, perdía a un jugador por el pago de la cláusula de indemnización en los 15 días previos a la conclusión del mercado. Un mecanismo de defensa que estaba recogido en su Reglamento General desde lo acontecido en el año 1997 cuando el FC Barcelona pagaba la cláusula del brasileño Rivaldo al Deportivo de la Coruña dejando casi sin margen alguno al conjunto gallego de poder reemplazar a su estrella brasileña. Un legado que ya es historia.

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Este es el cuarto mercado veraniego donde los clubes ya no tienen esta solución después de la decisión de la RFEF de eliminarlo de su Reglamento. Hasta el verano 2020 «si en los 15 días naturales previos a la fecha de finalización de cualquier de los períodos de inscripción, un jugador rescindiera de manera unilateral el contrato laboral vigente con su equipo amparándose en el Real Decreto 1006/1985, la entidad en la que este estuviera inscrito, dispondrá de un plazo excepcional de 30 días a contar desde el que se produzca la rescisión para poder inscribir a un nuevo jugador». El jugador que podía intentar fichar podía ser solo uno que militase en LaLiga.

Solo pueden fichar jugadores sin equipo

Luego una vez concluyera el mercado, el Athletic ya no podría fichar a ningún jugador salvo que esté en paro. Lógicamente, esto provocaba entonces una reacción en cadena dado que lo normal es que el club que acababa de perder un jugador abonando su cláusula podía quisiera buscar jugadores en el mercado español, especialmente cuando finalizará la ventana internacional. Por eso también este tercer club que se veía afectado por perder a un futbolista, ya sea pagando un traspaso o abonando también la cláusula, tenía también margen de maniobra para poder salir al mercado para buscar un jugador. «Idéntico plazo se concederá al Club o SAD que fuera objeto de resolución unilateral del contrato por voluntad del futbolista, cuando concurra la circunstancia en que el mencionado jugador sea inscrito por un Club o Sociedad Anónima Deportiva que tuviera la excepcionalidad concedida en el apartado anterior».

Pero esto ya ha desaparecido luego, en el caso de que el Barcelona pagase al Athletic la cláusula en los 15 días previos a llegue el final del mercado, solo tendrá este tiempo para fichar en cualquier mercado. Y una vez se cierre esta ventana solo a un “jugador en paro o desempleado” como permite la normativa FIFA y el Reglamento de la RFEF. Es decir un futbolista que acabase contrato el pasado 30 de junio con su anterior club y siga sin club una vez que ha concluido el mercado de fichajes de verano.



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